Actividad parlamentaria | Carla PITIOT https://www.carlapitiot.com.ar Carla Pitiot Mon, 04 Aug 2025 22:18:00 +0000 es-AR hourly 1 https://wordpress.org/?v=6.8.3 https://www.carlapitiot.com.ar/wp-content/uploads/2025/08/favicon.png Actividad parlamentaria | Carla PITIOT https://www.carlapitiot.com.ar 32 32 Rendición de cuentas 2019 https://www.carlapitiot.com.ar/rendicion-de-cuentas-2019/ Fri, 13 Dec 2019 14:58:54 +0000 http://www.carlapitiot.com.ar/?p=4045 Comparto, a modo de rendición de cuentas, un resumen de mis actividades legislativas y sindicales de este 2019.

En el documento que adjunto encontrarán los principales  proyectos presentados, el trabajo en comisiones y en sesiones, seminarios, foros y la participación en Parlamentarios para la Acción Global, entre otros.

Rendición de cuentas 2019

 

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Aprobar el Convenio 190 de la OIT https://www.carlapitiot.com.ar/aprobar-el-convenio-190-de-la-oit/ Thu, 28 Nov 2019 14:16:44 +0000 http://www.carlapitiot.com.ar/?p=4041 Este proyecto tiene por objetivo ratificar el Convenio 190 sobre Violencia Laboral de la Organización Internacional del Trabajo. La iniciativa, reclamo histórico de trabajadores y trabajadoras, reconoce el derecho de toda persona a un mundo libre de violencia y acoso, incluidos la violencia y el acoso por razón de género.

Expediente 3262-D-2019
Sumario: APRUEBASE EL CONVENIO 190 DE LA ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO, SOBRE ELIMINACION DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRABAJO, CELEBRADO EL 10 DE JUNIO DE 2019 EN LA CIUDAD DE GINEBRA, SUIZA.
Fecha: 28/06/2019

El Senado y Cámara de Diputados…
Artículo 1º. Apruébase el Convenio 190 sobre la Eliminación de la Violencia y el Acoso en el Mundo del Trabajo de la Organización Internacional del Trabajo, adoptado por la Conferencia Internacional del Trabajo convocada en Ginebra por el Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo, y congregada en dicha ciudad el 10 de junio de 2019, en su centésima octava reunión (reunión del centenario).
Artículo 2º. Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Señor presidente:
Este proyecto tiene por objetivo ratificar el Convenio 190 sobre Violencia Laboral de la Organización Internacional del Trabajo. La iniciativa, reclamo histórico de trabajadores y trabajadoras, reconoce el derecho de toda persona a un mundo libre de violencia y acoso, incluidos la violencia y el acoso por razón de género.
A los efectos del Convenio, la expresión «violencia y acoso» en el mundo del trabajo designa un “conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas de tales comportamientos y prácticas, ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, que tengan por objeto, que causen o sean susceptibles de causar, un daño físico, psicológico, sexual o económico, e incluye la violencia y el acoso por razón de género”.
La violencia laboral configura una violación a la Constitución Nacional que contempla, en varios artículos, el derecho al trabajo en un ambiente sano.
En línea con los Objetivos de Desarrollo Sostenible, el Convenio 190 reconoce que la violencia y el acoso en el mundo del trabajo son inaceptables e incompatibles con el trabajo decente, cuyas metas e indicadores integran el ODS Nº 8. La norma declara además a la violencia y al acoso en el trabajo como amenaza a la igualdad de oportunidades y violación a los derechos humanos.
Cabe destacar que el Convenio protege a los trabajadores y a otras personas en el mundo del trabajo, con inclusión de los trabajadores asalariados así como a las personas que trabajan, cualquiera que sea su situación contractual, las personas en formación, incluidos los pasantes y los aprendices, los trabajadores despedidos, los voluntarios, las personas en busca de empleo y los postulantes a un empleo, y los individuos que ejercen la autoridad, las funciones o las responsabilidades de un empleador. Al mismo tiempo, alcanza a todos los sectores, público o privado, de la economía tanto formal como informal, en zonas urbanas o rurales.
De este modo, en su reunión de centenario, la Confederación Internacional del Trabajo exaltó a los Estados Miembros a asumir la responsabilidad de promover un entorno general de tolerancia cero frente a la violencia y el acoso con el fin de facilitar la prevención de este tipo de comportamientos y prácticas.
Para la Argentina la ratificación de este Convenio colaborará en el fortalecimiento de su marco normativo. Pese a los avances legislativos de nuestro país tanto a nivel nacional como jurisdiccional a la hora de la verdad, los resultados son estériles en materia de violencia laboral. Los mecanismos estipulados fallan no sólo porque los que deben actuar con responsabilidad y compromiso en el tema no lo hacen, sino porque las pocas iniciativas que existen dejan muchos huecos y vacíos que atentan contra los derechos humanos de las personas afectadas.
Además, este Convenio contiene piso para plantear futuros instrumentos normativos sobre la Violencia Laboral Objetiva que pretende bloquear los intentos de represalia en ocasión del cumplimiento de los deberes de funcionario público en tareas sensibles vinculadas con funciones de control.
Desde la RED de trabajadores que integran la Asociación del Personal de Organismos de Control (APOC), la Asociación de Empleados e Ingresos Públicos (AEFIP), y Unión Empleados de la Justica de la Nación (UEJN) venimos trabajando desde hace años en la protección de los trabajadores cuyos deberes están relacionados a funciones de control, inspección, sanción, dictamen, denuncia, juzgamiento y supervisión acerca de tareas sensibles al resguardo y defensa de los intereses y patrimonio del Estado, la transparencia, eficiencia y la calidad de los servicios públicos.
En la misma línea APOC, a través de la Unión Latinoamericana de Trabajadores de Organismos de Control (ULATOC), viene trabajando para visualizar esta problemática que afecta no solo a quienes trabajan en áreas sensibles sino a toda la sociedad, que día a día sufre las consecuencias de las prácticas corruptas.
Es urgente y es preciso que la Argentina acompañe este avance en defensa de los derechos de los trabajadores y trabajadoras, es por ello que solicito a mis pares me acompañen en la presentación de este proyecto.
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Expresar beneplácito por el retorno al país de la imagen de Nuestra Señora de Luján https://www.carlapitiot.com.ar/3989/ Fri, 22 Nov 2019 04:22:19 +0000 http://www.carlapitiot.com.ar/?p=3989 La imagen de Nuestra Señora de Luján, patrona de la Argentina, se trasladó a las Islas Malvinas el 9 de abril de 1982, una semana posterior al desembarco de las tropas argentinas. Según se documenta, la imagen permaneció en un primer momento en la Base Aérea Militar Malvinas pero luego se llevó a la parroquia Saint Mary, en el archipiélago, donde la entronizaron en la sede del obispado castrense británico en homenaje a las víctimas del enfrentamiento. A 37 años de uno de los conflictos bélicos más importantes de la historia reciente de nuestro país, esa misma imagen que acompañó a los soldados argentinos durante la Guerra de Malvinas regresó a nuestro país.

Expediente 5019-D-2019
Sumario: EXPRESAR BENEPLACITO POR EL RETORNO A LA REPUBLICA ARGENTINA, DE LA IMAGEN DE LA VIRGEN DE LUJAN QUE ACOMPAÑO A LOS SOLDADOS ARGENTINOS DURANTE LA GUERRA DE MALVINAS.
Fecha: 06/11/2019

La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:

 

Expresar beneplácito por el retorno al territorio de la República Argentina de la imagen de la Virgen de Luján que acompañó a los soldados argentinos durante la Guerra de Malvinas.

 

FUNDAMENTOS

Señor presidente:

 

La imagen de Nuestra Señora de Luján, patrona de la Argentina, se trasladó a las Islas Malvinas el 9 de abril de 1982, una semana posterior al desembarco de las tropas argentinas. Según se documenta, la imagen permaneció en un primer momento en la Base Aérea Militar Malvinas pero luego se llevó a la parroquia Saint Mary, en el archipiélago, donde la entronizaron en la sede del obispado castrense británico en homenaje a las víctimas del enfrentamiento.
A 37 años de uno de los conflictos bélicos más importantes de la historia reciente de nuestro país, esa misma imagen que acompañó a los soldados argentinos durante la Guerra de Malvinas regresó a nuestro país. El obispo castrense del Reino Unido, monseñor Paul James Mason, restituyó a su par argentino, Santiago Olivera, la imagen de la Virgen de Luján.
La devolución en cuestión se concretó durante la audiencia pública que se realiza todos los miércoles por la mañana en la plaza del Vaticano, encabezada por el Papa Francisco, quien bendijo la imagen de la Virgen de Luján.
El lunes 4 de noviembre la imagen de la Virgen llegó a nuestro país. Varios medios de comunicación informaron que en el aeropuerto de Ezeiza fue recibida por efectivos de fuerzas armadas, de seguridad y veteranos de guerra, que la recibieron con honores.
Posteriormente, la imagen de la Virgen fue trasladada en caravana hacia la Basílica de Luján, donde se realizó una misa. Está previsto que en los próximos días comience una peregrinación por varias diócesis del país.
El presente proyecto de beneplácito responde a destacar la importancia de la recuperación de la imagen de la Patrona de la Argentina por ser emblema de paz y de unión de los argentinos.
El obispo Olivera, en conferencia de prensa, destacó que: “Esta imagen de la virgen fue mirada y contemplada por nuestros soldados. Muchos seguramente le pedían que los ayudara en esta vida durante esa guerra, algunos de los cuales hoy están aquí y a otros los ayudó en la vida eterna”. De igual forma, el obispo castrense continuó: “La Virgen nos habla de la fraternidad entre los pueblos, es madre de todos. Tenemos que empezar a vivir como hermanos, a pensar distintos. María nos recuerda que tenemos un Dios en común”.
Por los motivos aquí expuestos, solicito a mis pares la aprobación de este proyecto.
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Creación observatorio nacional del futuro del trabajo https://www.carlapitiot.com.ar/creacion-observatorio-nacional-del-futuro-del-trabajo/ Fri, 22 Nov 2019 04:20:15 +0000 http://www.carlapitiot.com.ar/?p=3987 El impacto de la tecnología en el mundo del trabajo es una realidad y en los sindicatos y otros ámbitos donde los trabajadores y trabajadoras tenemos influencia estamos reflexionando sobre cómo afrontar los cambios, a qué sectores afectará y de qué manera podemos prepararnos.

Expediente 4908-D-2019
Sumario: CREASE EL OBSERVATORIO NACIONAL DEL TRABAJO DEL FUTURO (ONTF) DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO.
Fecha: 25/10/2019

El Senado y Cámara de Diputados…
Artículo 1º. Creación Créase el Observatorio Nacional del Trabajo del Futuro (ONTF) dependiente del Ministerio de Producción y Trabajo o el organismo que en el futuro lo reemplace.
Artículo 2°. Definición. El Observatorio Nacional del Trabajo del Futuro es un órgano técnico de investigación, relevamiento, análisis y diagnóstico de la situación de las y los trabajadores de Argentina en relación a los cambios tecnológicos y de asesoramiento a la formulación de iniciativas, programas y políticas públicas, a los fines de mejorar sus condiciones de vida y garantizar sus derechos.
Artículo 3°. Objetivos. El Observatorio Nacional de Trabajo del Futuro impulsa investigaciones sistemáticas sobre la situación, necesidades y demandas de los y las trabajadores residentes en territorio argentino, a los fines de mejorar la calidad de los procesos de diseño e implementación de las políticas públicas en materia de derechos y relaciones laborales.
Artículo 4º. Funciones. El Observatorio Nacional del Trabajo del Futuro tiene como funciones:
a) – Estudiar el estado de situación, las necesidades y demandas de la población trabajadora residente en el territorio nacional, a través de encuestas sistemáticas y relevamientos anuales, en coordinación con las áreas de gestión del trabajo municipales y provinciales.
b)- Analizar especialmente el impacto de las nuevas tecnologías en el mundo laboral.
c)- Elaborar informes y documentos académicos periódicos que recopilen los resultados y conclusiones obtenidas sobre la realidad de las y los trabajadores.
d)- Difundir en formatos digitales, abiertos, accesibles y gratuitos, los datos de las investigaciones realizadas y cualquier otro material que resulte de interés a los efectos de esta Ley. Las publicaciones deben documentarse en un sitio web propio y otros canales disponibles, de acuerdo a los criterios que garanticen la publicidad de la información oportuna, veraz, comprensible, actualizada y completa por parte de la ciudadanía.
e)- Colaborar con los distintos niveles de gobierno mediante el asesoramiento y la capacitación, la realización de estudios específicos, emisión de información y otras actividades vinculadas que puedan serle requeridas o acuerde formular por propia iniciativa.
f)- Proponer a los poderes públicos la adopción de políticas de gobierno relacionadas a los fines que le son propios, prestando especial atención a la protección de los derechos laborales.
g)- Participar en foros de discusión locales, nacionales e internacionales sobre temáticas relacionadas al mundo laboral, aportando evidencia científica y técnica.
Artículo 5°. Facultades. Son facultades de El Observatorio Nacional del Trabajo del Futuro:
a)- Establecer su reglamento interno de funcionamiento.
b)- Solicitar la colaboración de todas las entidades del sector público, que estarán obligadas a suministrar toda la información requerida para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Art. 4º de la presente ley.
c)- Realizar convenios de cooperación con entidades académicas, de investigación y/o organizaciones de la sociedad civil de probada trayectoria técnica en la materia.
Artículo 6º. Composición. El Observatorio Nacional del Trabajo del Futuro está integrado por un/a director/a y un equipo de trabajo de cinco profesionales. La conformación del equipo deberá prestar atención al equilibrio de género. Los integrantes del Observatorio Nacional del Trabajo del Futuro serán seleccionadas/os mediante concurso público abierto de oposición y antecedentes por un jurado idóneo designado a tal efecto.
Artículo 7°. Comuníquese al Poder Ejecutivo

 

FUNDAMENTOS

Señor presidente:
El impacto de la tecnología en el mundo del trabajo es una realidad y en los sindicatos y otros ámbitos donde los trabajadores y trabajadoras tenemos influencia estamos reflexionando sobre cómo afrontar los cambios, a qué sectores afectará y de qué manera podemos prepararnos.
De hecho, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) creó una comisión sobre el futuro laboral que elaboró un informe sobre “la forma en que se podrá forjar un futuro del trabajo que ofrezca oportunidades de empleo decente y trabajo sostenible para todos” teniendo en cuenta que el trabajo tal como lo conocemos evoluciona cada vez de manera más veloz.
Aseguran las investigaciones del organismo que, si bien los cambios tecnológicos han llevado, en última instancia, a la creación de nuevos puestos de trabajo, generalmente parten de ganancias derivadas del “ahorro de mano de obra”. De cierta forma, la supresión de puestos de trabajo viene primero y le siguen las acciones compensatorias, generalmente a un ritmo más lento.
En esta línea, diversos informes sostienen que las características de este proceso dieron lugar al surgimiento del tecno-pesimismo, asociado a la idea de “desempleo tecnológico” introducida por Keynes ya en la década del 30: “desempleo causado por los medios descubiertos para ahorrar mano de obra que ocurre mucho antes que podamos encontrar nuevos usos para la misma”.
La innovación tecnológica ganó más fuerza después de los años setenta, pero la cantidad de puestos de trabajo en general aumentó en términos tanto absolutos como relativos.
Hasta la fecha, históricamente la experiencia nos ha llevado a desacreditar al tecno-pesimismo cuando se trata del resultado general en el empleo. La incógnita: ¿esta vez será diferente?
Estamos atravesando lo que algunos llaman la “Cuarta revolución industrial”, cuya característica principal es la naturaleza sin precedentes del cambio tecnológico. En este escenario la automatización y la fragmentación parecieran alentar la polarización del empleo: trabajos altamente calificados y trabajos poco calificados (no automatizables), en riesgo de eliminar un escalafón intermedio.
Es importante destacar además, que por el desigual desarrollo entre los países centrales y los periféricos podría incrementarse la brecha social entre ricos y pobres toda vez que tendrá lugar una transferencia de tecnología entre aquellos que la producen y los que simplemente la consumen; lo cual aumentará la dependencia de estos últimos.
A los fines de atender este panorama, el Observatorio promoverá desde un trabajo técnico e informado una visión integral de la situación de los y las trabajadoras del territorio nacional en especial atención a los cambios tecnológicos. Para ello, asesorará y formará capacidades técnicas municipales, provinciales y nacionales.
Se espera que este Observatorio se convierta en un referente en materia de generación de conocimiento sobre el mundo laboral y el impacto tecnológico.. Que se constituya en orientador de la gestión pública, a partir de la planificación estratégica y la articulación intersectorial de programas y políticas públicas dirigidas directa o indirectamente a la población trabajadora.
Es posible que la forma de trabajo tal como la conocemos hoy cambie antes de que nos demos cuenta y que de la misma manera surjan empleos que hoy ni siquiera podemos imaginar. Aún no sabemos cómo nos adaptaremos, pero sí que deberemos hacerlo. Por eso, contar con un organismo de estas características será fundamental para afrontar estas transformaciones en resguardo y protección de nuestros trabajadores y trabajadoras.
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Expresar beneplácito por la firma del convenio 190 de la OIT https://www.carlapitiot.com.ar/expresar-beneplacito-por-la-firma-del-convenio-190-de-la-oit/ Fri, 22 Nov 2019 04:16:16 +0000 http://www.carlapitiot.com.ar/?p=3985 El 10 de junio de este año la Organización Internacional del Trabajo firmó su Convenio Nº 190 sobre la Eliminación de la Violencia y el Acoso en el Mundo del Trabajo. La iniciativa, reclamo histórico de trabajadores y trabajadoras, reconoce el derecho de toda persona a un mundo libre de violencia y acoso, incluidos la violencia y el acoso por razón de género.

Expediente 3120-D-2019
Sumario: EXPRESAR BENEPLACITO POR LA FIRMA DEL CONVENIO 190 DE LA ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO, SOBRE ELIMINACION DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRABAJO, CELEBRADA EL 10 DE JUNIO DE 2019 EN LA CIUDAD DE GINEBRA, SUIZA.
Fecha: 25/06/2019

La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Expresar su beneplácito por la firma del Convenio 190 sobre la Eliminación de la Violencia y el Acoso en el Mundo del Trabajo de la Organización Internacional del Trabajo, adoptado por la Conferencia Internacional del Trabajo convocada en la cuidad de Ginebra (Suiza) por el Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo, y congregada en dicha ciudad el 10 de junio de 2019, en su centésima octava reunión (reunión del centenario).

FUNDAMENTOS

Señor presidente:
El 10 de junio de este año la Organización Internacional del Trabajo firmó su Convenio Nº 190 sobre la Eliminación de la Violencia y el Acoso en el Mundo del Trabajo. La iniciativa, reclamo histórico de trabajadores y trabajadoras, reconoce el derecho de toda persona a un mundo libre de violencia y acoso, incluidos la violencia y el acoso por razón de género.
A los efectos del Convenio, la expresión «violencia y acoso» en el mundo del trabajo designa un “conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas de tales comportamientos y prácticas, ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, que tengan por objeto, que causen o sean susceptibles de causar, un daño físico, psicológico, sexual o económico, e incluye la violencia y el acoso por razón de género”.
La violencia laboral configura una violación a la Constitución Nacional que contempla, en varios artículos, el derecho al trabajo en un ambiente sano.
En línea con los Objetivos de Desarrollo Sostenible, el Convenio 190 reconoce que la violencia y el acoso en el mundo del trabajo son inaceptables e incompatibles con el trabajo decente, cuyas metas e indicadores integran el ODS Nº 8. La norma declara además a la violencia y al acoso en el trabajo como amenaza a la igualdad de oportunidades y violación a los derechos humanos.
Cabe destacar que el Convenio protege a los trabajadores y a otras personas en el mundo del trabajo, con inclusión de los trabajadores asalariados así como a las personas que trabajan, cualquiera que sea su situación contractual, las personas en formación, incluidos los pasantes y los aprendices, los trabajadores despedidos, los voluntarios, las personas en busca de empleo y los postulantes a un empleo, y los individuos que ejercen la autoridad, las funciones o las responsabilidades de un empleador. Al mismo tiempo, alcanza a todos los sectores, público o privado, de la economía tanto formal como informal, en zonas urbanas o rurales.
De este modo, en su reunión de centenario, la Confederación Internacional del Trabajo exaltó a los Estados Miembros a asumir la responsabilidad de promover un entorno general de tolerancia cero frente a la violencia y el acoso con el fin de facilitar la prevención de este tipo de comportamientos y prácticas.
Para la Argentina la ratificación de este Convenio colaborará en el fortalecimiento de su marco normativo. Pese a los avances legislativos de nuestro país tanto a nivel nacional como jurisdiccional a la hora de la verdad, los resultados son estériles en materia de violencia laboral. Los mecanismos estipulados fallan no sólo porque los que deben actuar con responsabilidad y compromiso en el tema no lo hacen, sino porque las pocas iniciativas que existen dejan muchos huecos y vacíos que atentan contra los derechos humanos de las personas afectadas.
Además, este Convenio contiene piso para plantear futuros instrumentos normativos sobre la Violencia Laboral Objetiva que pretende bloquear los intentos de represalia en ocasión del cumplimiento de los deberes de funcionario público en tareas sensibles vinculadas con funciones de control.
Desde la RED de trabajadores que integran la Asociación del Personal de Organismos de Control (APOC), la Asociación de Empleados e Ingresos Públicos (AEFIP), y Unión Empleados de la Justica de la Nación (UEJN) venimos trabajando desde hace años en la protección de los trabajadores cuyos deberes están relacionados a funciones de control, inspección, sanción, dictamen, denuncia, juzgamiento y supervisión acerca de tareas sensibles al resguardo y defensa de los intereses y patrimonio del Estado, la transparencia, eficiencia y la calidad de los servicios públicos.
En la misma línea APOC, a través de la Unión Latinoamericana de Trabajadores de Organismos de Control (ULATOC), viene trabajando para visualizar esta problemática que afecta no solo a quienes trabajan en áreas sensibles sino a toda la sociedad, que día a día sufre las consecuencias de las prácticas corruptas.
Es urgente y es preciso que la Argentina acompañe este avance en defensa de los derechos de los trabajadores y trabajadoras, es por ello que solicito a mis pares me acompañen en la presentación de este proyecto.
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Avanzamos con la ley de alquileres https://www.carlapitiot.com.ar/avanzamos-con-la-ley-de-alquileres/ Sat, 09 Nov 2019 22:02:28 +0000 http://www.carlapitiot.com.ar/?p=3935 En la comisión de Legislación General dictaminamos proyecto de ley de alquileres.

 

 

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La ratificación del Convenio 190 fortalecerá el marco normativo de Argentina https://www.carlapitiot.com.ar/la-ratificacion-del-convenio-190-fortalecera-el-marco-normativo-de-argentina/ Tue, 22 Oct 2019 16:25:33 +0000 http://www.carlapitiot.com.ar/?p=3909 La Diputada Nacional y dirigente sindical de APOC, Carla Pitiot, participó en el encuentro  “ICJ y Convenio 190. Historia, desafíos y compromisos”, convocado por la Red de Trabajadores y Trabajadoras compuesta por las organizaciones sindicales APOC (Asociación del Personal de Organismos de Control); UEJN (Unión de Empleados de Justicia de la Nación) y AEFIP (Asociación de Empleados Fiscales y de Ingresos Públicos) en el que recalcó la importancia de ratificar en la Argentina el Convenio 190 sobre violencia y acoso laboral  aprobado por la OIT.

Durante el encuentro los integrantes de la RED ICJ compartieron su recorrido, sus logros y también los desafíos por delante, entre ellos la ratificación del Convenio 190 y su Recomendación 206 como también la adecuación normativa para prevenir y erradicar la violencia laboral.

Pitiot recalcó la importancia del concepto amplio de trabajadores contenido en el Convenio y afirmó que el Convenio 190 “protege a trabajadores y trabajadoras de la economía formal e informal pero también a otras personas en el mundo del trabajo; de todos los sectores: públicos y privados, contratados y trabajadores en formación”.

Además, en su recorrido explicando el Convenio sostuvo que se incorporan conceptos novedosos para la protección de trabajadores y trabajadoras porque contempla, por ejemplo, la violencia y acoso en el marco de las comunicaciones realizadas por medio de tecnologías de la información.

La diputada y dirigente sindical también recalcó que el Convenio no es vinculante por lo que destacó que contar con una ley contra la violencia laboral en nuestro país es fundamental, para garantizar los derechos de los trabajadores y trabajadoras de lograr ambientes de trabajo libres de violencia.

La diputada Pitiot, junto a otros legisladores, presentó recientemente un proyecto de ley para aprobar el convenio entendiendo que “la ratificación colaborará en el fortalecimiento del marco normativo de Argentina”.

El proyecto precisa en sus fundamentos que “pese a los avances legislativos de nuestro país tanto a nivel nacional como jurisdiccional a la hora de la verdad, los resultados son estériles en materia de violencia laboral. Los mecanismos estipulados fallan no sólo porque los que deben actuar con responsabilidad y compromiso en el tema no lo hacen, sino porque las pocas iniciativas que existen dejan muchos huecos y vacíos que atentan contra los derechos humanos de las personas afectadas.”

Compartimos un video con detalles del Convenio 190:

https://www.youtube.com/watch?v=KY6Ofv-mw7I

 

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Presentación de proyecto de ley patrocinio comunitario https://www.carlapitiot.com.ar/presentacion-ley-proyecto-patrocinio-comunitario/ Wed, 02 Oct 2019 13:32:12 +0000 http://www.carlapitiot.com.ar/?p=3865 La diputada nacional Carla Pitiot participó en la presentación del proyecto de ley de Patrocinio comunitario, un trabajo en equipo con ACNUR, Observatorios de DDHH y RRII del Senado y legisladores de diferentes espacios políticos.

El proyecto apunta a promover la integración local de personas con necesidades de protección internacional. El patrocinio comunitario es un modelo de integración local que se basa en la cooperación entre personas nacionales o residentes, organizaciones de la sociedad civil, sector privado y Estado.

Al presentar el proyecto, la diputada Pitiot sostuvo que “en un mundo en el que también se ha globalizado la desigualdad buscamos construir sociedades más inclusivas y construir lazos entre quienes necesitan protección internacional y quienes abren su  corazón para brindarla”.

Los diputados nacionales Marcela Campagnoli, Julio Sahad y el senador Julio Cobos integraron el panel como firmantes del proyecto, que se presentó en ambas cámaras del Congreso Nacional. En el encuentro también participaron autoridades de ACNUR, de la Dirección Nacional de Migraciones.

 

 

 

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Expresar beneplácito por la participación de la selección femenina de fútbol en el Mundial de Francia https://www.carlapitiot.com.ar/expresar-beneplacito-por-la-participacion-de-la-seleccion-femenina-de-futbol-en-el-mundial-de-francia/ Fri, 26 Jul 2019 17:15:38 +0000 http://www.carlapitiot.com.ar/?p=3599
La vida deportiva de las mujeres se encuentra experimentando en nuestro país un proceso de cambio encaminado al profesionalismo. Con la finalidad de consolidar la inclusión social con igualdad de género, el presente proyecto busca visibilizar la desigualdad de inserción y de oportunidades de las mujeres en relación a este deporte y aportar el oportuno reconocimiento a nuestra Selección Femenina de Fútbol Profesional Argentino.

Expediente 3437-D-2019
Sumario: EXPRESAR BENEPLACITO POR LA PARTICIPACION DE LA SELECCION FEMENINA DE FUTBOL EN EL MUNDIAL DISPUTADO EN FRANCIA.
Fecha: 05/07/2019
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Expresar beneplácito por la participación de la Selección Femenina de Fútbol Profesional Argentino en la octava edición de la Copa Mundial Femenina de la FIFA de 2019 que se desarrolló en Francia desde el 7 de junio hasta el 7 de julio del 2019.-

FUNDAMENTOS

Señor presidente:
La vida deportiva de las mujeres se encuentra experimentando en nuestro país un proceso de cambio encaminado al profesionalismo. Con la finalidad de consolidar la inclusión social con igualdad de género, el presente proyecto busca visibilizar la desigualdad de inserción y de oportunidades de las mujeres en relación a este deporte y aportar el oportuno reconocimiento a nuestra Selección Femenina de Fútbol Profesional Argentino.
El fútbol es un deporte con popularidad histórica y creciente en nuestro país. Cada partido se vive con pasión, en todos los ámbitos de la vida social, en cada rincón de Argentina. Forma parte de nuestra cultura, y nos identifica ante el mundo.
Resulta oportuno que pueda apoyarse y acompañarse este crecimiento y profesionalización del futbol femenino, garantizándose también las mismas condiciones y oportunidades a las deportistas mujeres, como sucede en otros países del mundo, y que cada niña que así lo desee tenga posibilidades de practicar el deporte en cada club, colegio, espacio público.
Nuestras seleccionadas Vanina Noemí CORREA, Gabriela Nicole GARTON, Solana Gabriela PEREYRA, Virginia Leonor GÓMEZ, Adriana María SACHS, Gabriela Patricia CHÁVEZ, Agustina BARROSO, Natalie Giselle JUNCOS, Aldana COMETTI, Eliana Noemí STABILE, Miriam Anahí MAYORGA, Flavia Lorena BENÍTEZ, Dalila Belén IPPOLITO, Estefanía Romina BANINI, Vanesa SANTANA, Linda Ruth BRAVO, Mariela del Carmen CORONEL, Mariana Valeria LARROQUETTE, María Belén POTASSA, Milagros Abigaíl MENÉNDEZ, María Florencia BONSEGUNDO, Yael Damaris OVIEDO, Florencia Soledad JAIMES, han luchado mucho y duro contra una sociedad que sólo reconoce al Fútbol como deporte masculino.
Ejemplo de ello, son dos jugadoras de la Selección. Flavia Lorena Benítez, nació el 3 de diciembre de 1998 en Lomas de Zamora, hija de inmigrantes, con cuatro hermanas mujeres y dos varones comenzó a jugar desde muy chiquita en un Club de barrio Defensores de Luis Guillón, provincia de Buenos Aires, luego pasó a una escuelita de Fútbol en el club Santa Catalina (Luis Guillón) a principios de 2013. Comenzó jugando futsal en la 4ta. categoría de San Lorenzo para luego debutar en fútbol once a los 14 años. Convocada a la Sub 17 en el 2013 jugó el Sudamericano en Paraguay, con la Sub 20 de fútbol once jugó el Sudamericano en Brasil 2015 y el 2 de marzo de 2016 llegó a Boca Juniors, donde juega hasta la actualidad.
Eliana Stabile nació en Pontevedra, Merlo, provincia de Buenos Aires con 7 hermanos en su familia. A los 12 años, comenzó a jugar al fútbol en un club de barrio con todo lo que conlleva disputar un balón con varones. Después, jugó en River Plate, en Huila club de Colombia donde obtuvo la Copa Libertadores de América y en Boca donde logró en 2015 el título Copa Argentina.
En 2014, la Fédération Internationale de Football Association (FIFA), el organismo rector del fútbol a nivel mundial, introdujo diez principios claves y prioritarios para el desarrollo del fútbol femenino, aprobados en el 64º del Congreso de la FIFA el 11 de junio de ese año. En este sentido, todas las Federaciones y Asociaciones en todo el mundo deben:
1) Tener un plan de desarrollo del fútbol femenino;
2) Lograr que este deporte sea igual de accesible para las chicas que para los chicos, en clubes, escuelas y secundarias;
3) Afianzando las estructuras comerciales, su marco regulador y apoyos, a fin de establecer competiciones deportivas profesionales sostenibles;
4) alcanzar mayores cotas de comercialización y promoción para incrementar la participación y el número de aficionados;
5) Los conocimientos de los expertos en fútbol femenino son un activo exclusivo y muy preciado. Estos expertos deberían estar implicados en todas las decisiones importantes que afecten al fútbol femenino;
6) Involucrar a las ex – árbitras y exjugadoras y garantizar su acceso a los cargos en el ámbito del desarrollo, la dirección y la administración;
7) Desarrollar oportunidades y orientar a las entrenadoras;
8) Promover la participación de las mujeres en los órganos rectores y de gestión, y en la toma de decisiones, incluyendo el comité ejecutivo;
9) Impulsar el fútbol femenino mediante estructuras organizativas apropiadas y poniendo énfasis el desarrollo de su potencial;
10) Luchar contra la discriminación de la mujer en el deporte y en la sociedad, de modo que nadie sea objeto de discriminación, abusos o perjuicios por el solo hecho de ser mujer.
A cinco años de la redacción de estos principios clave, consideramos necesario y prioritario su alcance efectivo. Es preciso generar espacios para el desarrollo del deporte femenino, como así también que las mujeres involucradas con el deporte consigan igualdad de oportunidades en la toma de decisiones de la actividad a nivel dirigencial y política. En consecuencia, es menester aportar un grado de reconocimiento a dicha actividad por medio de éste beneplácito e impulsar acciones en consecuencia.
Por todo lo expuesto, solicitamos a nuestros pares acompañen con su firma al presente proyecto
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Provisión de agua potable y gratuita al público consumidor en locales gastronómicos https://www.carlapitiot.com.ar/provision-de-agua-potable-y-gratuita-al-publico-consumidor-en-locales-gastronomicos/ Fri, 26 Jul 2019 17:08:58 +0000 http://www.carlapitiot.com.ar/?p=3596
Este proyecto es una re-presentación del expediente 4650-D-2017 de mi autoría, que no tuvo tratamiento parlamentario.
En esta oportunidad, decidí compartir la iniciativa en el Portal de Leyes Abiertas de esta Honorable Cámara de Diputados de la Nación y he incorporado aportes de la ciudadanía, por lo que ahora se trata de una propuesta enriquecida por la participación.

Expediente 3189-D-2019
Sumario: PROVISION DE AGUA POTABLE Y GRATUITA AL PUBLICO CONSUMIDOR EN LOCALES GASTRONOMICOS. REGIMEN.
Fecha: 27/06/2019
El Senado y Cámara de Diputados…
PROVISIÓN DE AGUA POTABLE Y GRATUITA EN LOCALES GASTRONÓMICOS.
Artículo 1. Objeto. Establézcase la obligatoriedad de proveer agua apta para el consumo humano, no envasada, de forma gratuita, en todos los establecimientos gastronómicos y afines, de carácter privado.
Artículo 2. Definiciones. Se entiende por agua potable al recurso apto para la alimentación, que cumple con las características físicas, químicas y microbiológicas expresadas en el artículo 982 del Código Alimentario Argentino, Ley 18.284 y sus normas complementarias.
Artículo 3. Establecimientos comprendidos. Quedan comprendidos en los términos de la presente Ley todos los establecimientos y locales bailables, hoteles, restaurantes, confiterías, bares, cantinas, cervecerías, casinos, bingos y salas de juego, y otros sitios donde se desarrollen actividades gastronómicas o similares, no resultando esta enumeración taxativa.
Artículo 4. Objetivos. Garantizar el acceso gratuito de al menos medio litro de agua para beber a toda persona que consume en los establecimientos comprendidos y alcanzados por el artículo 3 de esta Ley, según las pautas establecidas por el artículo 997 del Código Alimentario Argentino, Ley 18.284 y sus normas complementarias.
Artículo 5. Cartel Distintivo. Será obligatoria la inclusión de un cartel informativo en lugar visible del establecimiento con la leyenda que indique la obligatoriedad de la provisión de agua para consumo humano de manera gratuita.
Artículo 6. Autoridad de Aplicación. La Autoridad de Aplicación de la presente ley será determinada por el Poder Ejecutivo Nacional.
Artículo 7. Funciones de la Autoridad de Aplicación. Son funciones de la Autoridad de Aplicación:
a) Arbitrar los medios necesarios para asegurar la implementación de esta normativa en todos aquellos establecimientos comprendidos y alcanzados por la presente Ley;
b) Establecer y reglamentar las sanciones y multas aplicables a aquellos establecimientos que incumplan con la obligatoriedad del suministro de agua potable.
Artículo 8. Multas y sanciones. Los establecimientos que incumplan con lo establecido por la presente Ley, serán multados y/o sancionados por lo que reglamente la Autoridad de Aplicación al respecto; y el dinero recaudado será destinado al financiamiento de obras de infraestructura o a la implementación de las medidas necesarias para efectivizar el acceso público de suministro domiciliario al agua potable.
Artículo 9. El Poder Ejecutivo Nacional reglamentará la presente Ley en un plazo de noventa (90) días a contar desde su promulgación.
Artículo 10. Se invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente Ley y/o a adecuar sus normativas vigentes.
Artículo 11. Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Señor presidente:
Este proyecto es una re-presentación del expediente 4650-D-2017 de mi autoría, que no tuvo tratamiento parlamentario.
En esta oportunidad, decidí compartir la iniciativa en el Portal de Leyes Abiertas de esta Honorable Cámara de Diputados de la Nación y he incorporado aportes de la ciudadanía, por lo que ahora se trata de una propuesta enriquecida por la participación.
El proyecto de Ley tiene como finalidad garantizar de manera efectiva el derecho de acceso al agua, un derecho humano reconocido explícitamente desde 2010 por la Resolución 64/292 dictada por la Asamblea de las Naciones Unidas. La citada referencia jurídica reconoció la importancia de disponer de agua potable y saneamiento en condiciones equitativas como componente esencial del disfrute de todos los derechos humanos.
En este sentido, el acuerdo internacional establece la responsabilidad indelegable de los Estados para la universalización del acceso al agua potable y el saneamiento saludable, limpio, accesible y asequible, a partir de proporcionar los recursos financieros, la capacitación y la transferencia de tecnología.
De igual forma, el presente proyecto tiene presente el compromiso contraído por Argentina y el resto de la comunidad internacional de cumplir y alcanzar plenamente los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), y específicamente el número sexto, que establece la necesidad de garantizar la disponibilidad de agua y su gestión sostenible y el saneamiento para todos.
En un contexto internacional en el que la escasez de agua afecta a más del 40% de la población y 2400 millones de personas carecen de acceso a servicios básicos de saneamiento; en el que cada día cerca de mil niños y niñas mueren a causa de enfermedades diarreicas prevenibles relacionadas con el agua y el saneamiento, resulta fundamental acercar propuestas tendientes a lograr el acceso universal y equitativo al agua libre de impurezas.
El contexto nacional no es ajeno a esta coyuntura. De acuerdo a los datos disponibles, solo el 51% de los hogares dispone de los servicios de agua potable y cloacas con conexión a red pública dentro de la casa (INDEC, 2010). Este promedio corresponde al total del país, mientras que en un extremo se ubica la Ciudad de Buenos Aires donde el 96% de los hogares tiene acceso a este conjunto de infraestructura básica. En el otro extremo, aparece la provincia de Misiones, donde el 18% de las viviendas cuentan con el acceso a los servicios mencionados.
Estas carencias de infraestructura sanitaria generan escenarios de alto riesgo, ya que hay un grupo de enfermedades que son transmitidas por el agua y que están directamente relacionadas con el consumo de agua no potable: se trata de enfermedades gastroentéricas tales como la giardiasis -enfermedad parasitaria-, la hepatitis A y los rotavirus, así como las enfermedades epidémicas clásicas como el cólera, la disentería y la fiebre tifoidea.
A partir de la evidencia presentada, el proyecto en cuestión busca incorporar de forma obligatoria la disponibilidad de agua filtrada, segura y exenta de todo riesgo para la salud, de forma gratuita, en todos los espacios estatales y privados, que desarrollen actividades de carácter público y privado, sin necesidad que medie solicitud alguna.
El proyecto alcanza a los establecimientos gastronómicos y comerciales y afines, privados, tales como bares, cantinas, restaurantes, hoteles, clubes, confiterías y otros, comprendidos y alcanzados en el artículo 2 del presente proyecto.
Las sanciones y/o multas referenciadas en el artículo 6, que deriven del no cumplimiento de la presente iniciativa, fijadas y reguladas por la Autoridad de Aplicación a designar, serán destinadas de manera exclusiva a la creación, mejoramiento y ampliación de la infraestructura existente a los fines de expandir los servicios de agua potable y cloacas, priorizando las provincias y localidades con mayores deficiencias en este rubro.
Resulta importante mencionar que el proyecto presentado se inspira y sustenta en antecedentes legislativos internacionales europeos y norteamericanos, así como también y principalmente en normativa argentina, impulsada por provincias que en los últimos años han sido pioneras en la instrumentación de esta medida: como Neuquén (Ley Nº 3064), Buenos Aires (Ley Nº14050), la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Ley Nº4407/12), y la Ciudad de Córdoba (Ordenanzas Nº12.552 y Nº12.539).
Por sugerencia de la ciudadanía, incorporamos un límite a la provisión gratuita de hasta medio litro por persona y mejoramos la redacción del proyecto, con el objetivo de facilitar su comprensión e implementación.
El agua es un elemento esencial para la vida humana y la salud. En consonancia con esa premisa mundial y por los argumentos desarrollados anteriormente, solicito a mis pares que me acompañen en la aprobación de la presente iniciativa.
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Modificación artículo 18 ley asociaciones sindicales. https://www.carlapitiot.com.ar/modificacion-articulo-18-ley-asociaciones-sindicales/ Fri, 26 Jul 2019 17:04:30 +0000 http://www.carlapitiot.com.ar/?p=3594 De acuerdo a los últimos datos oficiales que se desprenden del informe “Las mujeres en el mundo del trabajo”, presentados en 2016 por el entonces Ministerio de Trabajo de la Nación, a nivel sindical las mujeres están a cargo del 18% de secretarías, subsecretarías o pro-secretarías de los sindicatos. De las cuales, el 74% corresponden a áreas de igualdad, género o servicios sociales.

Expediente 3160-D-2019
Sumario: ASOCIACIONES SINDICALES -LEY 23551 -.MODIFICACION DEL ARTICULO 18, SOBRE PARTICIPACION EQUITATIVA EN LOS ORGANOS ELECTIVOS.
Fecha: 26/06/2019

El Senado y Cámara de Diputados…
MODIFICACIÓN DE LA LEY DE ASOCIACIONES SINDICALES 23.551 SOBRE PARTICIPACIÓN EQUITATIVA EN LOS ÓRGANOS ELECTIVOS.
Artículo 1º. Modificación. Modifícase el artículo 18 de la Ley 23.551 que quedará redactado de la siguiente forma:
“Artículo 18. — Para integrar los órganos directivos, se requerirá:
a) Mayoría de edad;
b) No tener inhibiciones civiles ni penales;
c) Estar afiliado/a y encontrarse desempeñando la actividad con al menos dos (2) años de antigüedad respectivamente.
El setenta y cinco por ciento (75%) de los cargos directivos y representativos deberán ser desempeñados por ciudadanos/as argentinos, el/la titular del cargo de mayor jerarquía y su reemplazante estatutario deberán ser ciudadanos/as argentinos.
En los cargos electivos y representativos de las asociaciones sindicales, las personas de un mismo género no podrán superar el sesenta por ciento (60%) ni representar menos del cuarenta por ciento (40%) del total de cargos.
En las asociaciones sindicales cuyos/as trabajadores/as de un mismo género representen menos del 40% del total del padrón, la representación en los cargos directivos deberá ser proporcional a la cantidad de afiliados/as de dicho género.
Asimismo las listas que se presenten deberán reflejar la representación porcentual prevista.
De producirse una vacante en una lista, deberá respetarse el mismo género para su reemplazo.
No podrá oficializarse ninguna lista que no cumpla con los requisitos estipulados en este artículo.
Artículo 2º- Adecuaciones. Las asociaciones sindicales deberán adecuar sus estatutos a las disposiciones de la presente ley, dentro de los ciento ochenta (180) días de publicada su reglamentación.
Artículo 3º- Autoridad de Aplicación. El Ministerio de Trabajo y Producción será la autoridad de aplicación de la presente ley, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley 23.551.
Artículo 4º- Multas y sanciones. Las asociaciones sindicales podrán percibir multas y sanciones por parte de la Autoridad de Aplicación cuando incumplieren las obligaciones previstas por la presente.
Artículo 5º- Reglamentación. El Poder Ejecutivo Nacional deberá reglamentar la presente ley dentro de los ciento ochenta días (180) de su publicación.
Artículo 6°- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

 

FUNDAMENTOS

Señor presidente:
Este proyecto busca ser una herramienta integral para la promoción de la igualdad de género en las asociaciones sindicales y por tal motivo, recupera aportes sustantivos de otros legisladores y legisladoras. En consecuencia, se han tomado a la vista los proyectos de ley Nº 3737-D-2017, 0532-D-18, 2844- S- 18, y 12122-S-18.
De acuerdo a los últimos datos oficiales que se desprenden del informe “Las mujeres en el mundo del trabajo”, presentados en 2016 por el entonces Ministerio de Trabajo de la Nación, a nivel sindical las mujeres están a cargo del 18% de secretarías, subsecretarías o pro-secretarías de los sindicatos. De las cuales, el 74% corresponden a áreas de igualdad, género o servicios sociales.
Basta observar la foto de la CGT, en cualquier época, para dar cuenta de que en el sindicalismo hubo poco espacio para la participación femenina. O, en su defecto, se nos han atribuido algunas tareas o lugares específicos, generalmente asociados a la familia y al trabajo social.
Estas demandas actuales son en realidad demandas históricas en la vida de nuestro sindicalismo, que nace con las fábricas y la industrialización, sobre la concepción de trabajo asociada al modelo del varón trabajador.
Como representante política debo decir que el Peronismo fue un período de crecimiento sin precedentes en la historia del movimiento obrero que no fue ajeno a la situación de las mujeres. En esto le debemos mucho, por supuesto, a Eva Perón, figura que impulsó la movilización de las mujeres identificadas con la causa peronista.
Sin embargo, en cada etapa del sindicalismo argentino hubo ausencia de mujeres en los lugares de conducción, incluso en ámbitos donde la mayoría de sus integrantes son mujeres.
De hecho, en todos los espacios de representación política sucede algo parecido. Solo por citar algunos ejemplos en el gabinete nacional hay solo dos ministras mujeres, en el provincial ninguna y en la Ciudad de Buenos Aires solo hay tres de 12 cargos de conducción máxima ejecutiva. De igual forma, solo cuatro provincias son gobernadas por mujeres en el país.
Poder Judicial y Corte Suprema, órganos colegiados, cargos públicos electivos, asociaciones profesionales, función pública y autoridades partidarias. La lista es larga y corresponde a los espacios de participación en los que desde hace varios años el aumento de la participación de mujeres en espacios de toma de decisiones es un reclamo permanente.
Aunque las mujeres participamos, luchamos y militamos nos cuesta acceder a puestos de decisión. Sin embargo, de a poco y debido al compromiso constante de muchas mujeres y de hombres que acompañan estamos cambiando esta realidad porque estamos convencidos de que para contar con sociedades más justas e igualitarias debemos promover la presencia de mujeres en espacios de toma de decisiones.
Porque más allá de los resultados sustantivos para justificar la presencia de mujeres y hombres en forma igualitaria en los puestos de decisión, aquí lo fundamental es que se trata de una cuestión de justicia. Hombres y mujeres tenemos idénticos derechos de participar en forma equilibrada en el ámbito de la representación política.
De hecho, este año implementaremos la Ley de Paridad 27.412, que implica que las listas de candidatos al Congreso y al Parlamento del Mercosur estén compuestas en un 50 por ciento de mujeres y el otro 50 por ciento de varones, de forma intercalada y consecutiva. Un paso importante para garantizar instituciones más equitativas.
En esa misma línea se inscribe este proyecto, recuperando los debates acumulados y expandiendo políticas de acción afirmativa a más espacios de participación. No obstante, cabe destacar que la fórmula establecida en esta iniciativa no es estrictamente paritaria. Aumenta diez puntos porcentuales la representación mínima en relación 30% de la conocida como Ley de Cupo Sindical Femenino y limita al 60% la participación mayoritaria, entendiendo que existen numerosas asociaciones sindicales en donde fórmula paritaria puede transformarse en un nuevo techo a la participación femenina.
La propuesta incorpora, además, especificaciones sobre multas y sanciones, recuperando la experiencia de la Ley 25.674 y sus dificultades de implementación y seguimiento. En esta línea se recupera el trabajo de la Auditoría General de la Nación (AGN) organismo que, en una auditoría de gestión a la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales (DNAS) del entonces Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación (MTEySS), publicado el 2018, observó que no existen “mecanismos desarrollados para el control” de la Ley de Cupo Sindical.
En sus conclusiones, la AGN advirtió: “La ausencia de mecanismos desarrollados para el control sobre cumplimiento del Cupo Femenino Sindical (no se elaboraron manuales ni reglamentos operativos específicos para la verificación de la correcta aplicación de la Ley 25.674), conllevan a la conclusión de que el Ministerio auditado, a través de la DNAS, no garantiza el cumplimiento de la normativa legal que nos convoca. De hecho, el Ministerio limita su actuación a aquellos casos en donde se impugna un proceso eleccionario, pero la falta de mecanismos y actos administrativos al respecto tornan nulo el efecto de las impugnaciones.”.
En otras palabras, diecisiete años después de la sanción del Cupo Sindical Femenino no podemos garantizar que las organizaciones sindicales cumplan con el porcentaje mínimo establecido porque, tal como advierte la AGN, “si bien el Ministerio cuenta con las herramientas legales necesarias para hacer cumplir la normativa vigente o al menos incidir sobre su falta del cumplimiento del Cupo Femenino sindical, no se obtuvieron evidencias que haya actuado en consecuencia”.
Asimismo, este proyecto busca aportar al cumplimento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, propuestos por Naciones Unidas. Específicamente, con el ODS 5 “Igualdad de género” que sostiene que “la igualdad entre los géneros no es solo un derecho humano fundamental, sino la base necesaria para conseguir un mundo pacífico, próspero y sostenible”. Entre sus metas destaca “poner fin a todas las formas de discriminación contra todas las mujeres y las niñas en todo el mundo” y “asegurar la participación plena y efectiva de las mujeres y la igualdad de oportunidades de liderazgo a todos los niveles decisorios en la vida política, económica y pública”.
A partir de lograr la igualdad entre varones y mujeres podemos contribuir al cumplimiento de los otros ODS, entre ellos, el fin de la pobreza; educación de calidad; trabajo decente y crecimiento económico y reducción de las desigualdades.
Las organizaciones sindicales tienen un rol importante en la contribución del cumplimiento de los ODS, pero ¿cómo pueden hacerlo si puertas para adentro no garantizan la participación de mujeres?
La idea de igualdad estructural es una noción que requiere que el Estado lleve adelante políticas afirmativas, de acción positiva, con el fin de desmantelar las situaciones que provocan el sometimiento de grupos sistemáticamente excluidos.
Como referente sindical, creo que tenemos al menos dos desafíos diferentes. Hacia dentro, promover la participación de las mujeres en igualdad de condiciones. Hacia fuera, promover la afiliación de más mujeres y continuar en la lucha por una real igualdad de oportunidades en el mundo del trabajo.
No queremos más, queremos lo mismo. Realizar transformaciones en las formas de hacer política es una estrategia fundamental para conseguir cambios sociales profundos y ese es el camino y desafío que tenemos por delante.
Por lo argumentos aquí expresados, solicito el tratamiento de la presente iniciativa.
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Ley de contrato de trabajo. Modificación de artículos sobre licencias especiales https://www.carlapitiot.com.ar/ley-de-contrato-de-trabajo-modificacion-de-articulos-sobre-licencias-especiales/ Fri, 26 Jul 2019 16:59:53 +0000 http://www.carlapitiot.com.ar/?p=3590
En 2017 presenté un proyecto (expediente 5217-D-2017) con similar objetivo: modificar el régimen de licencias y prohibición de trabajo de la Ley de Contrato de Trabajo 20.744. Esta iniciativa recupera algunas de aquellas modificaciones presentadas pero incorpora nuevas, teniendo en cuenta los debates y los proyectos presentados por otros diputados y diputadas. El objetivo es conseguir una propuesta ampliamente consensuada que pueda contribuir de una buena vez a actualizar una normativa que, en sus disposiciones actuales, profundiza relaciones de desigualdad, principalmente de género.

 

 

 

Expediente 3121-D-2019
Sumario: CONTRATO DE TRABAJO – LEY 20744 -. MODIFICACION DE LOS ARTICULOS 158 Y 177, SOBRE LICENCIAS ESPECIALES.
Fecha: 25/06/2019
El Senado y Cámara de Diputados…
LEY DE RÉGIMEN DE CONTRATO
DE TRABAJO N° 20.744: MODIFICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS N° 158 Y 177.
Artículo 1º. Sustitución. Sustitúyese el artículo 158 de la ley Nº 20.744, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“Art. 158. – Clases.
El trabajador o trabajadora gozará de las siguientes licencias especiales:
a. Por matrimonio, diez (10) días corridos.
b. Por fallecimiento del cónyuge o de la persona con la cual estuviese unido en aparente matrimonio, en las condiciones establecidas en la presente ley; de hijo o hija, de madre/o padre/s, tres (5) días corridos.
c. Por fallecimiento de hermano, tres (3) días; por fallecimiento de madre/o padre/s del cónyuge o del conviviente, un (1) día;
d. Para rendir examen en la enseñanza media o universitaria, dos (2) días por examen, con un máximo de doce (12) días por año calendario.”
e. Por trámites, visitas y procedimientos con fines adoptivos, veinte (20) días alternados o sucesivos, independientemente del estado civil, previa inscripción en el Registro Único de Aspirantes a Guarda con fines Adoptivos establecido por Ley 25.854 y su consecuente notificación fehaciente al empleador o empleadora.
f) Para el cuidado de persona enferma en su grupo familiar y de niño/a del cual se ejerza su representación legal, veinte (20) días por año, de forma continua o discontinua, con la debida acreditación y contemplando las necesidades específicas en el caso de que la persona a cargo tenga discapacidad, pudiendo extenderse hasta diez (10) días más.
g) Por adaptación escolar de hijo/a en los niveles de jardín maternal, preescolar y primer grado, cuatro (4) horas diarias durante cinco (5) días en el año calendario; y por reuniones organizadas por el establecimiento educativo, hasta quince (15) horas por año calendario. En estos casos los permisos se ampliarán proporcionalmente a la cantidad de hijos/as;
h) Por Violencia de Género, en los términos de la ley 26.485, previa acreditación de constancia de intervención de autoridad sanitaria, administrativa o judicial correspondiente se otorgarán veinte (20) días corridos que podrán ser prorrogables por única vez por otro período igual. Podrán otorgarse permisos especiales discontinuos.
Se deberá asegurar absoluta confidencialidad de la causal del pedido de licencia.
Artículo 2º. Sustitución. Sustitúyase el artículo 177 de la ley Nº 20.744, que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 177.- Prohibición de trabajar. Conservación del empleo.
a. Queda prohibido el trabajo de la persona gestante durante los cuarenta y cinco (45) días anteriores al parto y hasta setenta y cinco (75) días después del mismo. Sin embargo, acreditando autorización médica, la interesada podrá optar por que se le reduzca la licencia anterior al parto que en tal caso no podrá ser inferior a treinta (30) días; el resto del período total de licencia se acumulará al período de descanso posterior al parto. En caso de nacimiento pre-término se acumulará al descanso posterior todo el lapso de licencia que no se hubiere gozado antes del parto, de modo de completar los ciento veinte (120) días.
La trabajadora deberá comunicar fehacientemente el embarazo al empleador, mediante la presentación del certificado médico correspondiente en el que conste la fecha presunta del parto, o requerir su comprobación por el empleador.
La trabajadora conservará su empleo durante los períodos indicados y gozará de las asignaciones que le confieren los sistemas de seguridad social, que garantizarán a la misma la percepción de una suma igual a la retribución que corresponda al período de licencia legal, todo de conformidad con las exigencias y demás requisitos que prevean las reglamentaciones respectivas.
Garantízase el derecho a la estabilidad en el empleo durante el período de gestación. El mismo tendrá carácter de derecho adquirido a partir del momento en que la trabajadora practique la notificación a que se refiere el párrafo anterior. En caso de permanecer ausente de su trabajo durante un tiempo mayor, a consecuencia de enfermedad que según certificación médica deba su origen al embarazo o parto y la incapacite para reanudarlo vencidos aquellos plazos, la mujer será acreedora a los beneficios previstos en el artículo 208 de esta ley.
La trabajadora gestante a quien le corresponde los ciento veinte (120) días de prohibición de trabajo, puede renunciar a parte de los mismos para su utilización por parte del progenitor no gestante del plazo restante. En ningún caso la renuncia a los días de prohibición de trabajo podrá ser reducida a un plazo menor a los noventa (90) días. Dicha planificación deberá ser notificada al empleador de manera precisa.
b. Queda prohibido por treinta (30) días corridos el trabajo del progenitor o progenitora no gestante, contados a partir del nacimiento, los cuales se implementarán de la siguiente manera:
1. Diez (10) días corridos a partir del momento de la sanción de la presente ley.
2. Veinte (20) días corridos a partir de idéntica fecha del año siguiente de dicha sanción.
3. Treinta (30) días corridos a partir de los dos (2) años de la sanción de esta ley.
c. En caso de adopción, los pretensos adoptantes contarán con ciento veinte (120) días corridos, pudiendo esta licencia ser compartida y en las proporciones que lo decidan, sea ello de manera continua o alternada, debiendo ser, en este último supuesto, en períodos iguales o superiores a siete (7) días corridos. Dicha planificación deberá ser notificada al empleador de manera precisa.
d. Queda prohibido el trabajo de la persona trabajadora que se someta a procedimientos y técnicas de reproducción médicamente asistida según estipule el tratamiento.
Garantízase la estabilidad laboral del progenitor no gestante, de la persona sometida a procedimientos y técnicas de reproducción médicamente asistida y de los pretensos adoptantes durante el mismo período de prohibición de trabajo establecido para estos en los incisos b, c y d de este artículo.
Artículo 3º- Invítese a la Comisión Paritaria Permanente, creada por el artículo 56 de la Ley 24.600, a que se incorporen una licencias de alcance similar a las previstas en el artículo 1º de la presente norma al régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias para el personal del Congreso de la Nación.
Artículo 4°- Invítese al Poder Ejecutivo Nacional a que incorpore licencias de alcance similar a las previstas en el artículo 1º de la presente norma al Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias para el personal civil de la Administración Pública Nacional previsto el Decreto 3413/79.
Artículo 5°- Adhesión- Invítese a las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente ley.
Artículo 6°- De forma.

FUNDAMENTOS

Señor presidente:
En 2017 presenté un proyecto (expediente 5217-D-2017) con similar objetivo: modificar el régimen de licencias y prohibición de trabajo de la Ley de Contrato de Trabajo 20.744.
Esta iniciativa recupera algunas de aquellas modificaciones presentadas pero incorpora nuevas, teniendo en cuenta los debates y los proyectos presentados por otros diputados y diputadas. El objetivo es conseguir una propuesta ampliamente consensuada que pueda contribuir de una buena vez a actualizar una normativa que, en sus disposiciones actuales, profundiza relaciones de desigualdad, principalmente de género.
La Ley de Régimen de Contrato de Trabajo 20.744 fue sancionada en 1974 con modificaciones posteriores, pero tras cambios que se gestaron en la sociedad en las últimas décadas vinculados a la organización económica y social; adecuaciones del Código Civil y Comercial de la Nación y la sanción de leyes como la de matrimonio igualitario y la de identidad de género, ha quedado obsoleta en muchos aspectos.
En ese sentido, proponemos modificaciones que acompañen las sugerencias de Organismos Internacionales en cuanto a la cantidad de días por licencias de maternidad y paternidad y los avances de la sociedad, de manera tal que reflejen la creciente participación de las mujeres en el mercado laboral y los pasos dados en relación a la igualdad de género y oportunidades.
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) exige como mínimo 98 días de licencias de maternidad, ocho más del promedio que tienen las madres argentinas, aunque recomienda a los Estados Miembros extender esa licencia “a 18 semanas por lo menos”. En cuanto a la paternidad la OIT no tiene normas, pero una resolución de la organización “insta a los gobiernos a formular políticas adecuadas que permitan equilibrar mejor las responsabilidades laborales y familiares, incluir la licencia de paternidad y/o parental, y prever incentivos para que los hombres las aprovechen”.
El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) en tanto, plantea “la necesidad de ampliar las licencias por paternidad y familiares. La información disponible muestra que los padres que hacen uso de la licencia, en especial los que toman dos semanas o más inmediatamente después del parto, tienen más probabilidades de interactuar con sus hijos. Ello puede tener efectos positivos sobre la igualdad de género en el hogar y en el trabajo, y ser indicio de cambios en las relaciones y en la percepción de los roles de los progenitores, así como en los estereotipos predominantes”.
Es por eso que proponemos licencias de 120 días corridos para las madres gestantes y hasta 30 días corridos para los progenitores no gestantes, contados a partir del día del nacimiento del bebé. A su vez, contemplamos las mismas licencias para las familias adoptantes como para las conformadas por personas del mismo sexo e incorporamos la prohibición de trabajar para las trabajadoras sometidas a tratamientos de reproducción médicamente asistida
En nuestro país la provincia de San Luis otorga 20 días de licencia por paternidad en la administración pública; Chaco, Río Negro, Santa Cruz y Tierra del Fuego 15 y La Pampa y Neuquén 10, solo por citar algunas. Estos ejemplos demuestran que en nuestro país se está avanzando en lo vinculado a licencias parentales, pero a la vez reflejan la necesidad de implementar una ley a nivel nacional que permita otorgar los mismos derechos en todo el país.
Así como la OIT y UNICEF, otras organizaciones internacionales se ocupan del tema de la niñez (entre las que se encuentra la Comisión Económica Para América Latina y el Caribe, CEPAL -una de las cinco Comisiones de Naciones Unidas, dedicada a la promoción del desarrollo social). Todas coinciden en la vital importancia de los cuidados del niño en su primera infancia, e incluso en la necesidad de universalizar el cuidado infantil desde el nacimiento, más allá del empleo formal. Este y otros planteos afines están plasmados en un gran número de documentos y declaraciones de especialistas que se pronuncian respecto del carácter incuestionable del cuidado del niño desde su nacimiento.
Desde las organizaciones sociales también coinciden en que otorgar más días de licencia por paternidad sería de suma importancia para la inserción laboral de las mujeres, porque ayudaría a achicar la brecha salarial y, sobre todo, nos permitiría cuestionar y reflexionar sobre los roles tradicionales en los que la mujer debe ser la responsable de la crianza de los niños y los hombres, el sostén económico de la familia. En ese sentido, la organización de la sociedad civil Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (CIPPEC) advierte que la copartenalidad “facilita el retorno de las madres a sus trabajos y la inserción laboral femenina”.
De igual forma, la iniciativa presentada se elaboró en línea con los compromisos internacionales asumidos en los Objetivos del Desarrollo Sostenible (ODS) de cara al 2030. Específicamente, se relaciona con el ODS Nº 8 “Trabajo Decente y Crecimiento Económico”, que busca en una de sus metas la protección de los derechos laborales y la promoción de un entorno de trabajo seguro y sin riesgos para todos los trabajadores; y con el ODS Nº 5, Igualdad de Género, cuya meta 5.C se propone “la aprobación y fortalecimiento de políticas acertadas y leyes aplicables para promover la igualdad de género y el empoderamiento de todas las mujeres y las niñas a todos los niveles”.
Más allá de la cantidad de días y de generar igualdad para todos los tipos de familia, proponemos la incorporación de una licencia familiar que pueda ser compartida por ambos progenitores, como una herramienta para que los varones tengan la posibilidad de participar de manera activa en el cuidado de sus hijos o hijas.
Al mismo tiempo, incorporamos otras modificaciones de especial importancia en lo que respecta a la organización familiar como así también a la atención de la salud emocional de los trabajadores y trabajadoras. Así, proponemos licencias especiales por fallecimiento de madre/o padre/s del cónyuge o del conviviente; por cuidado de persona enferma y por adaptación escolar.
A su vez, contemplamos el derecho a contar con días disponibles para la realización de trámites de adopción, un proceso sumamente complejo en nuestro país.
Asimismo y en línea con la búsqueda de la igualdad de oportunidades, proponemos la incorporación de una licencia por violencia de género.
En lo que respecta al derecho a la educación, extendemos a doce los días de estudio, entendiendo que la mayorías de las propuestas terciarias y universitarias ofrecen propuestas curriculares para cursar seis materias por año. De este modo, cada estudiante contará con días días de estudio no corridos por examen, para que pueda organizar su estudio de la manera que considere conveniente.
Entendemos que es nuestro deber ir en sintonía con una concepción que dejó de ser incipiente para convertirse en una tendencia mundial, respecto a la procuración de conciliación entre el ámbito familiar y laboral de los trabajadores y trabajadoras, en pos de una clara repercusión en su bienestar general, el cual se verá inevitablemente reflejado en la sociedad de la que todos formamos parte.
Además, extendiendo derechos podemos contribuir con la Agenda 2030, que contempla los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible.
De hecho, el ODS 8 sobre trabajo decente y crecimiento económico propone, en su meta 8.8 “Proteger los derechos laborales y promover un entorno de trabajo seguro y sin riesgos para todos los trabajadores, incluidos los trabajadores migrantes, en particular las mujeres migrantes y las personas con empleos precarios”.
En tanto, el ODS 5 de igualdad de género, aspira en su meta 5.c a “aprobar y fortalecer políticas acertadas y leyes aplicables para promover la igualdad de género y el empoderamiento de todas las mujeres y las niñas a todos los niveles”
Asimismo el ODS 10 apunta a lograr la reducción de las desigualdades. En s meta 10.3 se refiere a garantizar la igualdad de oportunidades y reducir la desigualdad de resultados, incluso eliminando las leyes, políticas y prácticas discriminatorias y promoviendo legislaciones, políticas y medidas adecuadas a ese respecto
En la 10.4 sugiere adoptar políticas, especialmente fiscales, salariales y de protección social, y lograr progresivamente una mayor igualdad.
Por lo argumentos aquí expresados, solicito el tratamiento de la presente iniciativa
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Pedido de informes sobre cuestiones relacionadas con información, controles y aplicación de agroquímicos https://www.carlapitiot.com.ar/pedido-de-informes-sobre-cuestiones-relacionadas-con-informacion-controles-y-aplicacion-de-agroquimicos/ Thu, 13 Jun 2019 21:56:30 +0000 http://www.carlapitiot.com.ar/?p=3489 Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional para que informe, a través del Ministerio de Agroindustria de la Nación y su organismo descentralizado Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), diversas cuestiones relacionadas con información, controles y aplicación de agroquímicos en Argentina.

Expediente 2883-D-2019
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON INFORMACION, CONTROLES Y APLICACION DE AGROQUIMICOS EN ARGENTINA.
Fecha: 06/06/2019
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional para que informe, a través del Ministerio de Agroindustria de la Nación y su organismo descentralizado Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), diversas cuestiones relacionadas con información, controles y aplicación de agroquímicos en Argentina:
1. Informe estadísticas oficiales y actualizadas sobre los resultados de los controles del SENASA efectuados en relación a los agroquímicos en frutas, verduras y hortalizas comercializadas en Argentina.
2. Detalle la cantidad de controles efectuados (lugar, fecha, alcance de las muestras) y resultados de esos controles, especificando niveles de agroquímicos detectados en frutas, verduras y hortalizas.
3. Medidas implementadas para regular y controlar la comercialización, distribución y venta de frutas, verduras y hortalizas que superan los límites máximos de residuos (LMR) establecidos.
4. Detalle acciones realizadas para mejorar la sistematización del Registro de Empresas Aplicadoras de Agroquímicos Terrestres y Aéreas, y cumplimentar la condición de obligatoriedad.
5. Indique si se han aplicado sanciones, de qué tipo y a qué empresas, por incumplimiento de empresas que no estén registradas pero igualmente operen en territorio nacional.
6. Explique las tareas de promoción de la salud para las personas expuestas al uso de sustancias agroquímicas, con propósito de promover la salud pública.
7. Especifique cantidad de hectáreas de cultivos transgénicos fumigadas, y cuántas provincias abarca. Al respecto, indicar cómo han resuelto la aplicabilidad de las normas y controles con legislaciones municipales dispares.

FUNDAMENTOS

Señor presidente:
Los agroquímicos, denominados plaguicidas, son sustancias que tienen la finalidad de controlar, prevenir o destruir cualquier plaga, incluyendo aquellos transmisores de enfermedades humanas. Pueden ser insecticidas, fungicidas, avicidas, acaricidas, nematicidas, vermicidas y herbicidas.
El plaguicida que se esparce por el campo termina incorporándose al ciclo de la naturaleza. Cuando los niveles de toxicidad son altos, los químicos no se disuelven naturalmente y son el alimento de otras especies que pueden ser consumidas por otros animales o el hombre o incorporarse a las plantas.
En Argentina, las modalidades de uso -y abuso- de estos productos, especialmente aquellos vinculados a la agricultura, están asociados también a diversos efectos adversos en la salud humana y en el ambiente.
Promover las condiciones de uso seguro y controlado de estos productos es una responsabilidad estatal, y un compromiso internacional asumido en el marco de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de cara al año 2030. Como Nación, debemos arbitrar los medios para garantizar la gestión adecuada de los productos químicos y los residuos, meta específica dentro del ODS Nº 12, que persigue la “Producción y Consumo responsable”. Este objetivo establece que el crecimiento económico debe entenderse de la mano de un desarrollo sostenible, que permita reducir la huella ecológica “mediante un cambio en los métodos de producción y consumo de bienes y recursos”. De igual forma, este ODS indica claramente que “la gestión eficiente de los recursos naturales compartidos y la forma en que se eliminan los desechos tóxicos y los contaminantes son vitales para lograr este objetivo” y que para ello “es importante instar a las industrias, los negocios y los consumidores a reciclar y reducir los desechos”.
En relación a los productos químicos y agroquímicos, la meta 12.4 del ODS antes mencionado nos compromete a “lograr la gestión ecológicamente racional de los productos químicos y de todos los desechos a lo largo de su ciclo de vida, de conformidad con los marcos internacionales convenidos, y reducir significativamente su liberación a la atmósfera, el agua y el suelo a fin de minimizar sus efectos adversos en la salud humana y el medio ambiente”. De modo que, en lugar de continuar aumentando los niveles y límites máximos de residuos en los productos y subproductos agropecuarios para consumo interno, esto debiera controlarse y reducirse gradualmente.
La gestión adecuada de los productos químicos y residuos también está relacionada con todos los aspectos de la agenda 2030 para el desarrollo sostenible, se refleja explícitamente en el ODS Nº12, pero se relaciona de forma implícita con los demás objetivos: como la erradicación de la pobreza, la agricultura, los océanos, el trabajo decente y el cambio climático.
Por su parte, la Organización Mundial de la Salud (OMS) ratificó la relación entre el uso de agroquímicos, plaguicidas, herbicidas, insecticidas y fungicidas con efectos tóxicos, agudos o crónicos en la salud humana. Según la OMS, “el uso extendido de estos productos ha causado problemas de salud y muertes en muchas partes del mundo, por lo general como consecuencia de la exposición laboral y la intoxicación accidental o deliberada”.
Pese a los pronunciamientos y advertencias de la OMS, en los últimos años en Argentina aumentó el uso de agroquímicos, y específicamente del glifosato. Justamente, uno de los herbicidas señalados como “probable cancerígeno para los seres humanos” por esta Organización.
En 2012, la Auditoría General de la Nación (AGN) aprobó una auditoría a la SENASA, organismo encargado ejecutar políticas nacionales en materia de sanidad y calidad animal, vegetal e inocuidad de los alimentos, de registrar y autorizar los principios activos y productos agroquímicos utilizados en la actividad agropecuaria, de clasificarlos según su toxicidad y llevar registros de empresas productoras y aplicadoras de los mismos.
El informe, aprobado por Resolución Nº85, tuvo como objeto analizar la gestión en el registro, autorización y restricciones en el uso de agroquímicos. El período analizado fue enero 2008 a junio de 2011. Las tareas de campo se desarrollaron entre junio de 2011 y enero de 2012.
En aquel momento, el informe de la AGN indicó que los cultivos transgénicos sujetos a fumigación sistemática cubren “22 millones de hectáreas” pertenecientes a las “provincias de Buenos Aires, Santa Fe, Córdoba, Entre Ríos, Santiago del Estero, San Luis, Chaco, Salta, Jujuy, Tucumán, La Pampa y Corrientes”. En esa región viven 12 millones de habitantes, sin contar la población de las grandes ciudades de cada provincia.
En ese momento, el organismo auditado no pudo refutar las observaciones que hizo el organismo de control. El informe fue lapidario. Entre sus observaciones, la AGN señaló que:
1. El Registro de Empresas Aplicadoras de Agroquímicos terrestres y aéreas “es incompleto y parcial” ya que pese a que la inscripción es obligatoria en la práctica opera como voluntaria.
2. “No hay una base de datos integrada, completa y sistematizada” con la información de todas las empresas registradas. “Solo cuentan con tres listados separados y con diseños diferentes” explicaron los auditores.
3. A su vez, las empresas no cumplen con todos los requisitos legales exigidos para la inscripción y “tampoco existe una notificación de la Administración requiriendo su cumplimiento”. Tampoco se aplican sanciones a empresas incumplidoras.
4. Además, se indicó que “No hay control cruzado entre este registro nacional y los registros provinciales en la materia. La AGN notó la “ausencia de coordinación con las autoridades provinciales y/o municipales”.
Desde ese informe, la AGN no volvió a auditar la SENASA. Sin embargo, vemos las consecuencias sociales de la aplicación desmedida y descontrolada de productos que han sido prohibidos en otros países, pero continúan utilizándose en nuestro país. Sabemos también de decisiones en forma de resoluciones que se toman desde Agroindustria, y se retrocede por la presión social, pero solo por un año: como fue el caso de la Resolución Nº 246/18 de la Provincia de Buenos Aires que habilitaba las fumigaciones cercanas a escuelas rurales, bancos de agua y pueblos. Por mencionar un ejemplo.
También, podemos hablar de la provincia de Mendoza, que el año pasado sufrió la pérdida de fauna y flora por envenenamiento con carbofuran. O en Jujuy, donde en 2017 19 cóndores murieron por la misma causa.
La contaminación por agroquímicos es una intoxicación silenciosa y mortal. La exposición repetida y crónica a sustancias tóxicas produce daños irreversibles, y si no existe un control articulado y consistente sobre los intereses comerciales se vulnera y perjudica el derecho humano a la salud, de las generaciones presentes y de las futuras.
Por este motivo y los argumentos desarrollados, pido a mis pares que me acompañen en la aprobación de la presente iniciativa.
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Expresar beneplácito por la campaña “Señales”, en el marco del “Día mundial de la esclerosis múltiple”. https://www.carlapitiot.com.ar/expresar-beneplacito-por-la-campana-senales-en-el-marco-del-dia-mundial-de-la-esclerosis-multiple/ Thu, 13 Jun 2019 21:54:39 +0000 http://www.carlapitiot.com.ar/?p=3487 La esclerosis múltiple (EM) es una enfermedad neurológica y crónica que afecta a más de dos millones de personas en todo el mundo. En Argentina se registran entre 38 y 41 casos cada 100 mil habitantes.
Esta enfermedad, que se manifiesta mayormente entre los 20 y 40 años de edad, no es contagiosa ni hereditaria ni mortal. De cada tres casos que se registran dos son de mujeres.

Expediente 2722-D-2019
Sumario: EXPRESAR BENEPLACITO POR LA CAMPAÑA “SEÑALES”, A REALIZARSE EL 30 DE MAYO DE 2019, EN EL MARCO DEL “DIA MUNDIAL DE LA ESCLEROSIS MULTIPLE”.
Fecha: 24/05/2019

La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Expresar beneplácito por la campaña “Señales”, realizada por la Asociación Civil de Esclerosis Múltiple Argentina (EMA), en el marco del Día Mundial de esa enfermedad (30 de mayo), con el fin de concientizar a la sociedad sobre los síntomas “invisibles” de la enfermedad y cómo éstos influyen en la calidad de vida de las personas que la padecen.

FUNDAMENTOS

Señor presidente:
La esclerosis múltiple (EM) es una enfermedad neurológica y crónica que afecta a más de dos millones de personas en todo el mundo. En Argentina se registran entre 38 y 41 casos cada 100 mil habitantes.
Esta enfermedad, que se manifiesta mayormente entre los 20 y 40 años de edad, no es contagiosa ni hereditaria ni mortal. De cada tres casos que se registran dos son de mujeres.
En los primeros estadíos de la enfermedad su diagnóstico puede resultar dificultoso para los médicos, por lo que es imprescindible su visibilización y difusión.
La EM también es conocida como la “enfermedad de las mil caras” porque los síntomas no sólo varían según cada persona, sino que también dependiendo los momentos pueden afectarles de diferente manera. Entre las manifestaciones habituales podemos mencionar mareos; la pérdida de fuerza y de sensibilidad; disminución de la agudeza visual; alteraciones del equilibrio; fatiga; deterioro intelectual, temblor; trastornos del sueño y/o dificultad para hablar y caminar.
Como algunos de estos síntomas son “invisibles” y difíciles de reconocer por familiares, amigo/as y compañero/as de trabajo muchos pacientes con esclerosis múltiple se sienten incomprendidos.
En ese sentido, las campañas como la que impulsa la Federación Internacional de Esclerosis Múltiple y a las que adhieren sus miembros, entre ellos la asociación civil Esclerosis Múltiple Argentina (EMA), son fundamentales.
Cada 30 de mayo se conmemora el Día Internacional de la Esclerosis Múltiple. Este año buscan dar voz a las personas que padecen la enfermedad para que “compartan sus síntomas invisibles y para que transmitan aquello que quieren que la gente conozca y entienda sobre la EM, con el objetivo de luchar contra las ideas equivocadas que se tienen sobre esta condición y de ayudar a las personas a comprender cómo ofrecer el apoyo adecuado”, precisan en el sitio web que promueve la campaña.
EMA impulsa en nuestro país la campaña “Señales”, que apunta también a “hacer visible lo invisible” y, a través de distintas piezas gráficas, charlas y actividades, invitan a estar “atentos a las señales de la Esclerosis Múltiple” porque “conocerlas es saber acompañar a las personas con EM”.
Aumentar la visibilidad de la enfermedad y sus síntomas puede contribuir a que las personas que la padecen se sientan acompañadas y contenidas y también a realizar las consultas médicas pertinentes lo antes posible para obtener un diagnóstico adecuado.
Por los argumentos aquí expuestos solicito a mis pares me acompañen en aprobación de esta iniciativa.
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Pedido de informes sobre la unificación de los registros nominales de niños, niñas y adolescentes en el sistema de protección en todo el país. https://www.carlapitiot.com.ar/pedido-de-informes-sobre-la-unificacion-de-los-registros-nominales-de-ninos-ninas-y-adolescentes-en-el-sistema-de-proteccion-en-todo-el-pais/ Thu, 13 Jun 2019 21:49:07 +0000 http://www.carlapitiot.com.ar/?p=3483 Acceder a información completa y actualizada es fundamental para poder garantizar los derechos de los niños, niñas y adolescentes. “Para poder actuar de forma más eficaz, los organismos del Estado necesitan saber qué derechos están siendo vulnerados y qué intervenciones se han realizado para restituirlos”, sostiene el Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), organismo que lidera un proyecto para establecer el Registro Nominal de Niños, Niñas y Adolescentes en el Sistema de Protección.

Expediente 2338-D-2019
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA UNIFICACION DE LOS REGISTROS NOMINALES DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EN EL SISTEMA DE PROTECCION EN TODO EL PAIS.
Fecha: 09/05/2019
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional para que informe, a través de Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, sobre los avances respecto a la unificación de los registros nominales de niños, niñas y adolescentes en el sistema de protección en todo el país, desagregado por provincia.

FUNDAMENTOS

Señor presidente:
Acceder a información completa y actualizada es fundamental para poder garantizar los derechos de los niños, niñas y adolescentes. “Para poder actuar de forma más eficaz, los organismos del Estado necesitan saber qué derechos están siendo vulnerados y qué intervenciones se han realizado para restituirlos”, sostiene el Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), organismo que lidera un proyecto para establecer el Registro Nominal de Niños, Niñas y Adolescentes en el Sistema de Protección.
En alianza con la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENNAF) y los gobiernos provinciales que tienen a su cargo la gestión de los sistemas de protección, UNICEF promueve el establecimiento de “una base de datos informática que permite sistematizar la información de los chicos que están en el sistema de protección en Argentina junto al entrenamiento de los equipos territoriales de protección para la mejora de sus intervenciones”.
En 2017 el Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia decidió impulsar la implementación de los registros nominales de niños, niñas y adolescentes en el sistema de protección en todo el país.
Actualmente se trabaja junto a las provincias de Buenos Aires, Córdoba, Entre Ríos, La Pampa, Misiones y San Juan y se prevé alcanzar 10 provincias en 2019, de acuerdo a la información presentada por el organismo internacional. No obstante, no existe información disponible desde la gestión sobre los avances del proceso.
El registro unificado permitirá contar con información individualizada de niños, niñas y adolescentes con derechos vulnerados que son acompañados por el Estado y contribuir así a las intervenciones rápidas y efectivas. “A través del sistema, en el legajo de cada chico se registran, articulan y monitorean las intervenciones de los actores del sistema de protección. Al contar con un celular con acceso a internet, los equipos técnicos pueden conocer en cualquier momento y lugar, los datos personas y del grupo familiar, los antecedentes, y las intervenciones realizadas con ese niño o niña” agrega UNICEF.
Para proteger la niñez es necesario contar con un sistema nacional que fomente la comunicación, el intercambio y la integración entre los equipos. Es por ello que solicito a mis pares me acompañen en la presentación de este pedido de informes.
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Solicitar al Poder Ejecutivo disponga las medidas necesarias para garantizar el funcionamiento del “Registro Nacional No Llame”. https://www.carlapitiot.com.ar/solicitar-al-poder-ejecutivo-disponga-las-medidas-necesarias-para-garantizar-el-funcionamiento-del-registro-nacional-no-llame/ Thu, 13 Jun 2019 21:46:13 +0000 http://www.carlapitiot.com.ar/?p=3479 En 2014 el Congreso de la Nación sancionó la norma 26.951 de creación del Registro Nacional “No llame”. En su artículo primero la iniciativa especifica que “el objeto de la presente ley es proteger a los titulares o usuarios autorizados de los servicios de telefonía, en cualquiera de sus modalidades, de los abusos del procedimiento de contacto, publicidad, oferta, venta y regalo de bienes o servicios no solicitados”.

Expediente 1864-D-2019
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA GARANTIZAR EL FUNCIONAMIENTO DEL “REGISTRO NACIONAL NO LLAME”.
Fecha: 16/04/2019

La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional a través de la Jefatura de Gabinete de la Nación implemente las medidas necesarias para garantizar el funcionamiento efectivo del Registro Nacional No llame.

FUNDAMENTOS

Señor presidente:
En 2014 el Congreso de la Nación sancionó la norma 26.951 de creación del Registro Nacional “No llame”. En su artículo primero la iniciativa especifica que “el objeto de la presente ley es proteger a los titulares o usuarios autorizados de los servicios de telefonía, en cualquiera de sus modalidades, de los abusos del procedimiento de contacto, publicidad, oferta, venta y regalo de bienes o servicios no solicitados”.
En 2015 el programa fue reglamentado y puesto en marcha por el Poder Ejecutivo Nacional pero el 12 de diciembre de 2018 la Auditoría General de la Nación (AGN) aprobó un informe que cuestiona la efectividad del registro.
En su resolución 221/2018, sobre la labor que realizaba la entonces Dirección Nacional de Protección de Datos Personales (DNPDP) del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MJyDDHH), durante el período 01/01/2015 al 31/03/2017, el informe de AGN terminó por concluir que la DNPDP estableció mecanismos eficaces y sencillos para el alta en el No llame, pero no fue eficiente en la difusión de su existencia y funcionamiento, lo que ocasionó la baja adhesión del público objetivo al sistema.
A su vez, de acuerdo a la resolución del organismo, tres de cada cuatro personas inscriptas en el registro “siguió siendo contactada por empresas ofreciendo productos y servicios”.
La AGN arribó a esta conclusión tras hacer una encuesta vía mail entre 2.400 usuarios de la iniciativa, que nació en 2014, y que en septiembre del año pasado dejó de funcionar bajo la órbita de la Dirección de Protección de Datos Personales para pasar a ser un ente autárquico de la Jefatura de Gabinete.
“El registro No llame no es efectivo”, sentenció la investigación en relación a que el 76% de sus encuestados reconoció que continúa recibiendo llamados.
La Auditoría adjudicó la baja efectividad de la iniciativa a dos causas. En primer lugar, el informe destacó “el bajo índice de denuncias realizadas por los inscriptos ante contactos indebidos”. Es que, de aquel 76% que seguía recibiendo llamadas, “solo el 28% manifestó haber denunciado”.
En segundo lugar, el organismo de control resaltó “la falta de eficacia en la tramitación de denuncias, la consecuente deficiencia en la imposición de sanciones a los sujetos obligados y el incumplimiento de (los castigos) impuestos”.
Como ejemplo de la falta de eficacia, los técnicos comprobaron que de 42 expedientes analizados, “solo en el 16% se dictó acto administrativo que ponga fin a la cuestión antes de los seis meses de iniciado y a un año de la primera denuncia”.
La Auditoría General de la Nación es, por mandato constitucional, el brazo técnico de este Congreso. Es parte de nuestra labor como representantes receptar y darle curso a sus observaciones, relacionadas en este caso con la defensa de los derechos de los consumidores de servicios de telefonía.
Es por estas razones que solicito a mis pares me acompañen en la presentación de este proyecto de declaración.
Fuente: investigación del portal periodístico El Auditor.info
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Presupuestos con perspectiva de género https://www.carlapitiot.com.ar/presupuestos-con-perspectiva-de-genero/ Thu, 06 Jun 2019 13:29:40 +0000 http://www.carlapitiot.com.ar/?p=3465 Con frecuencia se asume que el presupuesto es neutral desde el punto de vista del género. Sin embargo, ocurre que al no tomar en cuenta los diferentes roles, capacidades y necesidades de mujeres y hombres, niños y niñas, los presupuestos pueden reforzar las desigualdades existentes.


En pos de construir sociedades más equitativas los presupuestos deben contar con perspectiva de género. 👇

Aquí pueden leer un informe realizado por la Oficina de Presupuesto del Congreso sobre Inclusión de la Perspectiva de Género en los Presupuestos Públicos: https://bit.ly/2KtIyTl

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Declarar de Interés el 37° Aniversario del Primer Desembarco de soldados argentinos en Puerto Madryn https://www.carlapitiot.com.ar/declarar-de-interes-el-37-aniversario-del-primer-desembarco-de-soldados-argentinos-en-puerto-madryn/ Fri, 10 May 2019 21:57:46 +0000 http://www.carlapitiot.com.ar/?p=3485 El 19 de junio de este año se cumplen 37 años del primer arribo de ex combatientes de la Guerra de Malvinas al muelle Almirante Storni de la ciudad chubutense de Puerto Madryn en el buque británico Canberra. Ese día, más de 4000 soldados volvieron cansados, hambrientos y desprotegidos tras defender nuestras Islas Malvinas.

Expediente 2613-D-2019
Sumario: DECLARAR DE INTERES DE LA H. CAMARA EL 37° ANIVERSARIO DEL PRIMER DESEMBARCO DE SOLDADOS ARGENTINOS EN PUERTO MADRYN, PROVINCIA DEL CHUBUT, ACONTECIDO EL 19 DE JUNIO DE 1982.
Fecha: 21/05/2019

La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
de interés las actividades organizadas por el Municipio de Puerto Madryn; la Administración Portuaria de Puerto Madryn; la Cámara de Comercio de la Ciudad y ex combatientes de Malvinas para conmemorar el 37° aniversario del primer desembarco de nuestros soldados en esa ciudad chubutense, acontecido el 19 de junio de 1982 y homenajearlos por su aporte a la reafirmación de la soberanía argentina sobre las Islas Malvinas y a la construcción de la memoria colectiva.

FUNDAMENTOS

Señor presidente:
El 19 de junio de este año se cumplen 37 años del primer arribo de ex combatientes de la Guerra de Malvinas al muelle Almirante Storni de la ciudad chubutense de Puerto Madryn en el buque británico Canberra. Ese día, más de 4000 soldados volvieron cansados, hambrientos y desprotegidos tras defender nuestras Islas Malvinas.
Para los habitantes de la ciudad patagónica esa jornada quedó grabada en la memoria como “el día en que Madryn se quedó sin pan”. Los soldados llegaron a la ciudad y pedían pan, porque no habían podido comer ni un trozo de ese alimento básico durante los días que duró la Guerra. Ante el pedido de los soldados, los habitantes de Puerto Madryn recorrieron las panaderías del pueblo y buscaron en sus casas algo que ofrecer a esos jóvenes que volvían.
Federico Lorenz, historiador, investigador, escritor y exdirector del Museo Malvinas plasmó ese día en un cuento que forma parte de “La historia se hace ficción I – Para pensar las efemérides en el aula” y fue publicado en varios medios.
“Y todo Madryn, que entonces no era tan grande, fue y vino, fue con cosas para los chicos y vino con mensajes de los soldados para sus pueblos, para sus casas en todos los rincones de la Argentina. Anotaban teléfonos para avisar a las familias que los soldados —hijos, hermanos, nietos— estaban bien. Porque no es como ahora, que todos tienen celular. Antes ni siquiera había teléfonos en todas las casas. Así que había que llamar a un vecino, o a la farmacia, o a la escuela de un pueblo muy chiquito con una lista de nombres. Esa tarde los vecinos trabajaron como hormigas. Llevaron y trajeron, llevaron y trajeron. Hasta que alguien, de golpe, avisó: — ¡Ya no queda más pan! — ¡Las panaderías no tienen más pan!”, contó Lorenz.
“Fue entonces que los vecinos se empezaron a llevar a los soldados a sus casas. ¡Había que darles de comer! Era la media tarde. —Llamás a tu casa, te bañás, comés algo, cómo te vas a ir así”, agregó Lorenz en el cuento.
Ese relato plasmó en palabras la solidaridad de un pueblo, de familias enteras que habían estado pendientes de esos jóvenes que pelearon por todos los argentinos, defendiendo las Islas Malvinas.
Esas mismas familias se habían acercado meses antes a la Ruta 3 para saludar y “despedir” a los soldados que iban rumbo a las Islas.
Puerto Madryn recibió también, en los días posteriores, a cientos de ex combatientes que llegaron en los buques Northland, Irizar, Saint Emund y Bahía Paraíso.
Treinta y siete años después, a partir de una idea del actual Administrador de la Administración Portuaria de Puerto Madryn que los vio llegar, el Señor Osvaldo Sala, se conformó una Comisión de trabajo y Puerto Madryn rendirá homenaje a los ex combatientes.
De modo que el próximo 19 de junio se realizará un acto, que contará con la presencia de ex combatientes de todo el país. Se descubrirá un mural titulado “El Regreso”, que está siendo desarrollado por un equipo multidisciplinario de CONICET y artistas locales en el marco del programa “Ciencia al Viento”.
El objetivo del programa consiste en “diseñar, planificar y ejecutar un circuito de turismo científico en Puerto Madryn, basado en el muralismo de contenido científico como disparador de actividades y sociabilización del conocimiento, con foco en las poblaciones: residente, escolar y turística”.
El mural “El Regreso”, obra de los artistas Martín Cofré, Jorge Vasquez, Tomás Gimbernat y Claudio Segundo, mide 40 metros de largo por 4 metros de alto y estará situado en el ingreso al muelle Almirante Storni.
Además, la Comisión se encuentra realizando la actualización de la base de datos que ex combatientes que regresaron al muelle Storni y se ha informado y pedido la colaboración de autoridades de todo el país para asegurar la presencia de los homenajeados.
El 2 de abril de 1982 el gobierno de facto dispuso el desembarco militar en las islas Malvinas. Del conflicto participaron, según datos oficiales del Ministerio de Defensa de la Nación 23.428 combatientes argentinos, de los cuales 649 fallecieron.
Jóvenes de todo el país, muchos de ellos sin experiencia, participaron de este conflicto que marcó sus vidas y la de todo el país para siempre.
Malvinas es una cuestión que atañe al pueblo argentino independientemente del gobierno del que se trate, es y tiene que ser política de Estado, sostenida en el tiempo.
Por los que volvieron, por los que quedaron allá, por sus familias, por el presente y por el futuro de nuestro país debemos reivindicar cada día, todos los días nuestra soberanía sobre las Islas Malvinas.
Como en 1994 en el recinto de la Asamblea Constituyente debemos repetir y repetirnos a los argentinos y a todo el pueblo del mundo lo siguiente: “No cesaremos jamás el objetivo de recuperar este sagrado territorio nacional. Nos convoca nuestra historia, nos convoca nuestro pasado, nos convoca nuestra tradición y nos convoca también la sangre de nuestros héroes enterrados en Malvinas, que reclaman que luchemos, permanentemente, para que podamos decir que están enterrados en suelo argentino”.
Como reza la primera disposición transitoria de nuestra Constitución: “La Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional. La recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes, y conforme a los principios del derecho internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino”.
Por los argumentos aquí expuestos solicito el acompañamiento de mis pares y la aprobación del presente Proyecto de Declaración.
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Creación bicameral especial de seguimiento de ACUMAR https://www.carlapitiot.com.ar/creacion-bicameral-especial-de-seguimiento-de-acumar/ Fri, 19 Apr 2019 03:32:56 +0000 http://www.carlapitiot.com.ar/?p=3291
En el año 2006 fue sancionada por el Honorable Congreso de la Nación la Ley N° 26.168, que crea La Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) como ente autónomo, autárquico e interjurisdiccional conformado por el gobierno de la Nación, Provincia de Buenos Aires y Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Expediente 1263-D-2019
Sumario: COMISION BICAMERAL ESPECIAL DE SEGUIMIENTO DE LA AUTORIDAD DE LA CUENCA MATANZA RIACHUELO. CREACION EN EL AMBITO DEL H. CONGRESO DE LA NACION.
Fecha: 28/03/2019
El Senado y Cámara de Diputados…
Artículo 1º. CREACIÓN. Créase en el ámbito del Honorable Congreso de la Nación la COMISIÓN BICAMERAL ESPECIAL DE SEGUIMIENTO DE LA AUTORIDAD DE LA CUENCA MATANZA RIACHUELO.
Artículo 2°. COMPOSICIÓN. La Comisión Bicameral Especial estará compuesta por DOCE (12) miembros, SEIS (6) de ellos serán diputados/as y otros SEIS (6) senadores/as de la Provincia de Buenos Aires y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Sus miembros serán designados por los Presidentes de las Cámaras respectivas respetando la paridad de género y observando las proporciones en que estén representados en ellas los distintos bloques políticos. Su Presidente será designado a propuesta de la primera minoría parlamentaria.
Artículo 3°.- Organización y funcionamiento. La Comisión Bicameral Especial organizará su funcionamiento conforme a las siguientes pautas:
a) Renovará cada 2 (dos) años su composición, pudiendo los senadores/as y diputados/as renovar solo por un período su presencia en la misma.
b) Elegirá entre los legisladores que la integran a un presidente/a, a un vicepresidente/a y a un secretario/a. La presidencia será ejercida durante un período legislativo por una de las Cámaras y el siguiente por la otra;
c) Podrá dictar su reglamento de funcionamiento y establecer su estructura interna de trabajo, de conformidad con los reglamentos de ambas Cámaras;
d) Contará con las facultades establecidas para las comisiones bicamerales en los reglamentos de ambas Cámaras;
Artículo 4°.- OBJETO. El objeto de la presente Comisión es el seguimiento, la coordinación, el estudio, el análisis, la investigación y la gestión de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo se ajuste estrictamente a las normas constitucionales, legales y reglamentarias vigentes.
A tal efecto, y como resultado de la tarea tenida en miras para el cumplimiento de su cometido, deberá emitir semestralmente un informe de su contenido y evolución.
Artículo 5°.- FINALIDAD. Es finalidad y misión de la presente Comisión emitir una opinión fundada sobre los siguientes puntos:
a) Evaluar la gestión del organismo público ACUMAR, creado en el año 2006 por Ley Nº 26.168, y
b) Auditar la ejecución y cumplimiento del Programa Integral de Saneamiento Ambiental (P.I.S.A.).
Artículo 6°.- DEBER DE COLABORACIÓN. Los funcionarios públicos responsables de la documentación e información que será objeto de seguimiento, coordinación, estudio, análisis e investigación por la presente están obligados a facilitar el acceso irrestricto de los miembros de la Comisión y sus colaboradores, a los archivos y materiales, cualquiera sea su estado y soporte físico, y a colaborar con ellos en la búsqueda, ubicación e interpretación de los mismos. A estos efectos, habilitarán espacios físicos para que la Comisión pueda trabajar en los lugares de guarda cuando no sea posible la entrega de los originales o de copias adecuadas. En todos los casos deberán dar tratamiento urgente a los pedidos de la Comisión.
Artículo 7°.- REGLAMENTO. La comisión dictará su reglamento de funcionamiento interno y establecerá su estructura de acuerdo con las disposiciones de esta ley. Ante una falta de previsión en el reglamento interno y en todo aquello que es procedente, son de aplicación supletoria los reglamentos de las Cámaras de Senadores y Diputados, prevaleciendo el reglamento del Cuerpo que ejerce la presidencia durante el momento en que es requerida la aplicación subsidiaria.
Artículo 8º.- ASESORAMIENTO. Para cumplir su cometido, la Comisión deberá conformar un equipo técnico-económico-jurídico con profesionales de reconocido prestigio y experiencia en la materia.
El equipo deberá funcionar en el ámbito del Congreso Nacional. Tal equipo deberá entregar informes parciales cada mes sobre el avance del trabajo encargado a la Comisión en soporte digitalizado.
Artículo 9°.- ATRIBUCIONES. La Comisión estará facultada para examinar la totalidad de la documentación existente en la materia, requerir información; consultar a las comisiones permanentes competentes en función de la materia; formular observaciones, propuestas y recomendaciones que estime pertinentes. Sin perjuicio de poder valerse de cuantas demás atribuciones cuente conforme a lo establecido en esta ley y en su propio reglamento.
La Comisión podrá requerir la información y el asesoramiento de:
a) La Autoridad de Cuenca Matanza pudiendo solicitar la ampliación del informe anual al Congreso de la Nación, dispuesto por el artículo 8 de la ley 26.168
b) La Auditoría General de la Nación, la Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires, el Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, a otros organismos públicos nacionales pertinentes, así como convocar a sus funcionarios y técnicos.
c) Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, de la Provincia de Buenos Aires y de los Municipios de la Cuenca Matanza Riachuelo.
d) Los distintos Ministerios, entes autárquicos y descentralizados y todo organismo público, los cuales a solicitud de la mayoría de la Comisión podrán proponer un asesor de enlace;
e) Académicos, técnicos y expertos de centros de investigación, universidades y profesionales especialistas en la materia;
Artículo 10.- ASISTENCIA MATERIAL Y HUMANA. Los presidentes de cada Cámara brindarán a esta comisión bicameral especial la infraestructura, el personal administrativo y técnico, y los recursos presupuestarios que resulten necesarios para el cumplimiento de la presente ley.
Artículo 11.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Señor presidente:

Este proyecto fue presentado por el Diputado Nacional (MC) Sergio Massa en el 2016, (Expdte 6176-D-2016) y acompañado por varios legisladores, pero nunca fue tratado en las comisiones pertinentes.

Volvemos a presentarlo con la intención de que en esta oportunidad pueda ser tratado.
En el año 2006 fue sancionada por el Honorable Congreso de la Nación la Ley N° 26.168, que crea La Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) como ente autónomo, autárquico e interjurisdiccional conformado por el gobierno de la Nación, Provincia de Buenos Aires y Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Este organismo público que se desempeña como la máxima autoridad en materia ambiental en la región, tiene facultades en relación al control, fiscalización y sanción; el establecimiento de tasas por servicios prestados; la planificación territorial y la gestión y administración con carácter de Unidad Ejecutora Central los fondos necesarios para llevar a cabo el Plan Integral de Control de la Contaminación y recomposición Ambiental.
La ley le otorga a ACUMAR prevalencia normativa estableciendo que las facultades, poderes y competencias de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo en materia ambiental prevalecen sobre cualquier otra concurrente en el ámbito de la cuenca.
Las facultades, delegadas a ACUMAR por la Provincia de Buenos Aires, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios que integran la cuenca, sumadas a la estructura organizativa y el presupuesto que ejecuta, la amplitud del territorio que abarca y el número de población que afecta, hacen de ACUMAR una de las autoridades de Cuenca más importantes del país.
Si bien ACUMAR debe presentar un informe anual al Congreso de la Nación, adherimos a lo planteado por la Cámara Nacional Federal, (-CNFed. Cont.-Adm., Sala de Feria, Enero 22 1976.- Cruzada de Solidaridad. DE, 66-334 y 333), que manifestaba que el sistema republicano establecía entre otras exigencias, no solo la publicidad de los actos de gobierno, sino también el control sobre aquellas instituciones públicas (estatales y no estatales), o privadas donde estuviera comprometido el interés público; correspondiendo la facultad de investigación del Congreso tanto al ámbito público como al privado, con el debido resguardo de las garantías constitucionales.
Un informe 2016/2017 de la Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires (AGCBA), advirtió la “falta de coordinación” entre Nación y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para controlar el saneamiento, por lo que se desconoce cuántos establecimientos contaminan el Riachuelo.
El informe alerta que los datos de las partes involucradas no coinciden y que ni la Provincia de Buenos Aires ni CABA pueden acceder a la información de ACUMAR.
Otros datos alarmantes del informe de la AGCBA precisan que ACUMAR no intima a los establecimientos contaminantes de la cuenca para que dejen de hacerlo, tampoco existen mediciones sobre emisiones gaseosas.
Por otra parte, en la Cámara de Diputados se encuentran funcionando dos comisiones especiales que abordan el control de obras y acciones sobre recursos hídricos: la Comisión especial seguimiento emprendimientos hidroeléctricos de Yacyreta, Corpus, Rarabi y Roncado, así como la Comisión especial de seguimiento obras para el aprovechamiento del río Bermejo.
El control es una herramienta de la democracia que la fortalece y contribuye a lograr gestiones más transparentes. Entendemos que la posibilidad de dar seguimiento a lo actuado por ACUMAR, brindará un marco de transparencia y compromiso de todos los poderes a su accionar y constituirá el punto de partida para el debate parlamentario respecto a las acciones y normativa que regularán una de las áreas más pobladas del país.
Asimismo, Argentina adhirió a la Agenda 2030 de Naciones Unidas, que contempla los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible. Este tema involucra a varios, entre ellos el ODS6 Agua Limpia y Saneamiento; el ODS3 Salud y Bienestar y el ODS10 Reducción de las Desigualdades.
Naciones Unidas advierte que a nivel mundial “3 de cada 10 personas carecen de acceso a servicios de agua potable seguros y 6 de cada 10 carecen de acceso a instalaciones de saneamiento gestionadas de forma segura” y entre las metas del ODS6 destaca:
De aquí a 2030, lograr el acceso a servicios de saneamiento e higiene adecuados y equitativos para todos y poner fin a la defecación al aire libre, prestando especial atención a las necesidades de las mujeres y las niñas y las personas en situaciones de vulnerabilidad.
De aquí a 2030, mejorar la calidad del agua reduciendo la contaminación, eliminando el vertimiento y minimizando la emisión de productos químicos y materiales peligrosos, reduciendo a la mitad el porcentaje de aguas residuales sin tratar y aumentando considerablemente el reciclado y la reutilización sin riesgos a nivel mundial.
Entre las metas del ODS3 figura “para 2030, reducir sustancialmente el número de muertes y enfermedades producidas por productos químicos peligrosos y la contaminación del aire, el agua y el suelo”, cuestión que no será posible en nuestro país mientras no garanticemos el saneamiento de la Cuenca.
Finalmente, el ODS10 advierte que “siguen existiendo desigualdades y grandes disparidades en el acceso a los servicios sanitarios y educativos y a otros bienes productivos”. En ese sentido, apela a que para el 2030 se pueda “potenciar y promover la inclusión social, económica y política de todas las personas, independientemente de su edad, sexo, discapacidad, raza, etnia, origen, religión o situación económica u otra condición·. Difícilmente podamos promover la inclusión social si no logramos el saneamiento de la Cuenca.
Por los argumentos aquí esgrimidos, es que solicito a mis pares que me acompañen en la aprobación de la presente iniciativa.
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Declarar de interés la campaña #NoEnMiParlamento https://www.carlapitiot.com.ar/declarar-de-interes-la-campana-noenmiparlamento/ Fri, 19 Apr 2019 03:27:49 +0000 http://www.carlapitiot.com.ar/?p=3288 Parlamentarios para la Acción Global está impulsando una campaña contra el sexismo, el acoso y la violencia en contra de las mujeres #NoEnMiParlamento con la que busca visibilizar y compartir buenas prácticas que contribuyan a contar con Parlamentos igualitarios. La campaña surge a partir de un informe publicado por la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa (PACE, por su sigla en inglés) y la Unión Inter-Parlamentaria (UIP) sobre los actos de sexismo, abuso y violencia en contra de las mujeres en los parlamentos de Europa.

Expediente 1262-D-2019
Sumario: DECLARAR DE INTERES DE LA H. CAMARA LA CAMPAÑA “#NOENMIPARLAMENTO”, PARA PROMOVER LA EQUIDAD DE GENERO EN LOS CONGRESOS.
Fecha: 28/03/2019

La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA

de interés de esta H. Cámara de Diputados de la Nación, la campaña #NoEnMiParlamento que promueve la organización internacional Parlamentarios para la Acción Global, con el objetivo de compartir experiencias y visibilizar buenas prácticas en materia de equidad de género en los Congreso.

FUNDAMENTOS

Señor presidente:

Parlamentarios para la Acción Global es una red internacional con más de 40 años de trayectoria. Tal como lo indica en su página es una organización sin fines de lucro y apartidista conformada por aproximadamente 1.300 legisladores de 145 parlamentos electos alrededor del mundo. Su misión es informar, convocar y movilizar parlamentarios para promover la paz, la democracia, el estado de derecho, los derechos humanos, la igualdad de género y cuestiones poblacionales.
En el marco de los programas de Derecho Internacional y Derechos Humanos; Paz y Democracia y Género, Igualdad e inclusión organizan campañas orientadas a resultados con teorías de cambio y objetivos claros, entre los que se destacan: universalidad y efectividad del Sistema del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (CPI); abolición de la pena de muerte; acabar con la discriminación basada en orientación sexual y la identidad de género y proteger a los océanos e implementar el ODS nº14, entre otros.
En la misma línea, en mayo de 2018 realizamos en este Congreso el “SEMINARIO PARA PARLAMENTARIOS/AS E INSTITUCIONES NACIONALES DE DERECHOS HUMANOS SOBRE IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN POR MOTIVOS DE ORIENTACIÓN SEXUAL E IDENTIDAD DE GÉNERO (OSIG) EN LATINOAMÉRICA Y EL CARIBE” en el que participaron legisladoras y legisladores de Chile, Uruguay y República Dominicana, entre otros países, para compartir iniciativas legislativas en relación a la problemática.
En esta oportunidad PGA está impulsando una campaña contra el sexismo, el acoso y la violencia en contra de las mujeres #NoEnMiParlamento con la que busca visibilizar y compartir buenas prácticas que contribuyan a contar con Parlamentos igualitarios.
La campaña surge a partir de un informe publicado por la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa (PACE, por su sigla en inglés) y la Unión Inter-Parlamentaria (UIP) sobre los actos de sexismo, abuso y violencia en contra de las mujeres en los parlamentos de Europa.
Del informe se desprende que de las “123 mujeres de 45 países europeos entrevistadas, el 85.2 por ciento de las parlamentarias dijeron haber sufrido violencia psicológica en el curso de su periodo legislativo, 46.9 por ciento recibieron amenazas de muerte o amenazas de violación o golpes, y el 67.9 por ciento fueron objeto de comentarios relativos a su apariencia física o basados en estereotipos de género”.
En América Latina el escenario se repite. De acuerdo al último informe de de Unión Interparlamentaria para la región (2011), el análisis de las reglas formales que rigen al interior de los Congresos nacionales pone en evidencia que los reglamentos internos de sus respectivas Cámaras no suelen incluir cláusulas orientadas a promover la participación equitativa de mujeres y varones en la vida parlamentaria.
Así, “para la evaluación de las condiciones de trabajo bajo las cuales los y las representantes llevan adelante sus propósitos legislativos, las reglas informales o no escritas constituyen otro factor de suma importancia. La información disponible indicaría que las legisladoras deben enfrentarse a situaciones discriminatorias que se generan en las interacciones cotidianas y que reproducen prejuicios de género todavía existentes en las sociedades. Estas se expresan de múltiples formas. En primer lugar, se sostuvo que en la labor parlamentaria se sigue observando una naturalizada predominancia de la voz masculina” (UI, 2011).
Por su parte, ONU Mujeres advierte que a pesar de que “América Latina es la primera región mundial en puestos locales y parlamentarios ocupados por mujeres, para conseguir la participación política hay que hacer frente a un clima creciente de violencia e intimidación contra las mujeres en la política”.
La igualdad de género es uno de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030. Se trata del número 5 que sostiene que “poner fin a todas las formas de discriminación contra las mujeres y niñas no es solo un derecho humano básico, sino que además es crucial para acelerar el desarrollo sostenible. Ha sido demostrado una y otra vez que empoderar a las mujeres y niñas tiene un efecto multiplicador y ayuda a promover el crecimiento económico y el desarrollo a nivel mundial”.
En ese sentido, contar con leyes que contemplen, refuercen y promuevan la igualdad de género es un factor importante para contribuir al cumplimiento de este objetivo, pero también debemos trabajar para erradicar en nuestras Instituciones cualquier signo de violencia y situaciones de inequidad.
Este año implementaremos la Ley de Paridad 27.412, que implica que las listas de candidatos al Congreso y al Parlamento del Mercosur estén compuestas en un 50 por ciento de mujeres y el otro 50 por ciento de varones, de forma intercalada y consecutiva. Un paso importante para garantizar una institución más equitativa.
También hemos sancionado la Ley Micaela, de capacitación obligatoria de género para todas las personas que integran los tres poderes del Estado. Los contenidos de los cursos de formación deben apuntar a la prevención de la violencia de género en todas sus formas, como establece la Ley 26.485, de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.
Asimismo durante el 2018 se firmó el Protocolo para la Prevención e Intervención en Situaciones de Violencia Laboral con Perspectiva de Género en el ámbito del Poder Legislativo Nacional, una herramienta de protección para los trabajadores y trabajadoras.
Estas iniciativas mencionadas son pasos concretos que contribuyen a erradicar la violencia contra las mujeres y a contar con una sociedad más equitativa, en la que hombres y mujeres tengan las mismas posibilidades.
Campañas como la propuesta por PGA nos ayuda a continuar visibilizando prácticas injustas y discriminatorias como así también a difundir herramientas para seguir igualando oportunidades.
Por los motivos aquí expuestos solicito a mis pares me acompañen en esta iniciativa.

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